La Asociación Nacional de Veteranos de la Unidad de Operaciones Especiales de Infantería de Marina deberá indemnizar con cantidades que suman casi cinco mil euros a los padres de tres jóvenes que no pudieron disfrutar del campamento de verano en sus instalaciones de La Unión, que habían contratado, debido a que el mismo no reunía las condiciones de salubridad e higiene debidas.

Así se recoge en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Murcia que rechaza el recurso que esta organización presentó contra la dictada por el Juzgado de Primera Instancia de Cartagena que dio la razón a los padres y declaró su derecho a percibir las indemnizaciones fijadas en la misma.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, vuelve a poner de actualidad las condiciones en que se desarrollaba la actividad de este campamento de formación militar, lo que se llevaba a cabo en una finca rústica ubicada en las inmediaciones del polígono Lo Bolarín, en La Unión.

De hecho, el ayuntamiento de esta última población, en julio de 2015, ordenó su cierre en cuanto a la edición que se iba a celebrar en agosto siguiente por las deficientes condiciones de habitabilidad.

Al desestimar el recurso, la Sala de la Audiencia indica que la prueba practicada en el juicio y, especialmente, la documental, la inspección ocular y el reportaje fotográfico aportado a las actuaciones desmiente lo afirmado por la mencionada Asociación, que aseguró que no había existido incumplimiento contractual por su parte y que las condiciones del campamento eran las correctas.

Y añade que el Juzgado de Primera Instancia recogió en su sentencia que el campamento carecía de licencia de actividad y no reunía las condiciones de higiene y salubridad necesarias, con peligro para los acampados.

También se señalaba que la instalación eléctrica era deficiente, lo que suponía un riesgo más para los jóvenes. Finalmente, la Sala comenta que "no se puede confundir la austeridad propia de la disciplina militar con la falta de seguridad, higiene y salubridad de las instalaciones donde se debía realizar la prestación por parte de la demandada".