La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJ) ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de la Audiencia Provincial que le condenó a cuatro años de prisión por abusar de una joven de 18 años que se encontraba en la vivienda familiar, ubicada en La Unión, con ocasión del cumpleaños de su esposa.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, desestima así el recurso que presentó el condenado, que, además, pretendía que se practicara una prueba pericial para determinar si la joven conservaba el himen y que el médico forense informara sobre la forma en que sus dedos habían llegado a la vagina de la perjudicada.

Dice la Sala, que tiene como ponente al presidente del TSJ, Miguel Pasqual del Riquelme, que esas pruebas solicitadas, que ya fueron rechazadas por la Audiencia Provincial al juzgar los hechos, no son pertinentes ni necesarias para dar por acreditados los abusos.

En cuanto a la prueba solicitada para acreditar la rotura o no del himen, el tribunal dice que no hace falta ser un experto en cuestiones de sexo para saber que la introducción de un dedo o de varios en la vagina de una mujer puede no producirla. Y añade que su práctica resultaría irrelevante para acreditar unos hechos que tienen repercusión penal.

Respecto a la solicitud que pretendía que el forense determinara la forma de acceso de los dedos a la vagina de la joven, igualmente señala la sentencia que tampoco tendría virtualidad alguna para revocar la resolución apelada, en la que se da por probado que "el acusado le retiró la braguita del bikini y le introdujo los dedos en la zona vaginal en varias ocasiones".

El TSJ confirma así la integridad de la sentencia recurrida, en la que se declaró probado que los hechos ocurrieron durante el cumpleaños de la esposa del acusado, en agosto de 2016, cuando la joven, con la que aquel "mantenía una relación análoga a la familiar", acudió a la vivienda.

En un momento determinado comenzó a darle masajes por la espalda, para, después, darle un beso en la boca y cometer los hechos constitutivos del abuso sexual.

Para la Sala, los hechos están suficientemente probados con la declaración de la joven y de otros testigos que declararon en el juicio.

Además, se contó también con el mensaje de voz que el acusado envió a la madre de aquella, en el que le decía que no se acordaba de lo ocurrido y que no sabía si le hizo algo a la chica "cuando la tocó", para añadir que "si le había hecho algo, les pedía, por Díos, que le perdonaran".