La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de lo Penal de Lorca que, en abril pasado, condenó a un vecino de esta última ciudad al pago de una multa de 1.620 euros por denunciar falsamente que le habían sustraído el teléfono móvil durante la celebración del bautizo y la ceremonia de "corte de pelo" del hijo de un amigo.

La sentencia señala que el Juzgado declaró probado que el denunciante participó en la fiesta, que se celebró en una discoteca de Lorca en la noche del 25 de junio de 2011 y que durante la misma, el acusado perdió su móvil.

El Juzgado añadía que "al tener concertado un seguro sobre el mismo que cubría el riesgo de robo, en la tarde del día 27 de junio compareció en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía y denunció que en la noche del día anterior había sido abordado por cuatro individuos que, con amenazas, le robaron la cartera y el teléfono móvil.

En su denuncia añadió que la cartera pudo recuperarla poco después en una papelera, aunque de la misma habían desaparecido los 200 euros que llevaba en ella, pero no así el móvil.

El Juzgado señalaba que la compañía telefónica acreditó a lo largo del proceso que el teléfono se encontraba en poder de una mujer que también había acudido a la fiesta y que lo encontró abandonado en los aseos del local.

La sentencia, que ahora se ve confirmada por la Audiencia Provincial de Murcia, condenó al acusado como autor de la simulación del delito de robo.

En la apelación, que no ha prosperado, el denunciado alegó que como iba bajo la influencia de la ingesta de bebidas alcohólicas cabía la posibilidad de que, sin intención alguna, hubiera creído que también le habían robado el citado objeto.

La sala no concede credibilidad alguna esa versión exculpatoria ya que, comenta, en la denuncia dio todo lujo de detalles sobre la fisonomía de los supuestos asaltantes y, además, explicó que la cartera la llevaba en un bolsillo y el móvil en otro.

Señala la Sala de la Audiencia, que tiene como ponente al magistrado Juan del Olmo, que "resulta manifiesto que la denuncia no se ajustaba a la realidad".

Y añade que "el acusado, pese a recibir una factura fechada el 21 de julio de 2011 de ese teléfono, donde constaban las llamadas efectuadas el 26 de junio del mismo año a teléfonos de un país que no es el suyo, dado que él es boliviano y las llamadas se hacían a Ecuador, no se planteó acudir a la Policía y aclarar lo sucedido, pese a que el coste económico de aquellas era importante".