La Audiencia Provincial de Murcia ha modificado parcialmente la sentencia de un Juzgado de lo Penal que condenó a dos hombres que provocaron unos incidentes y atacaron a una policía local y a un funcionario del Cuerpo Nacional de Policía tras ser detenidos al conducir uno de ellos el coche por una calle de Alcantarilla bajo los efectos de la ingesta de bebidas alcohólicas, y pese a no tener carné.

La sentencia del Juzgado declaró probado que los hechos ocurrieron el 16 de abril de 2012, cuando el conductor fue requerido por la Policía Local para someterse a la prueba de alcoholemia, a lo que se negó, "pese a ser advertido de sus consecuencias".

Cuando se encontraba en el cuartel de la Policía Local, este acusado insultó y abofeteó a una agente.

Por su parte, el otro denunciado, ya en la Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía, golpeó a uno de los agentes en el momento en que estos procedían a introducir en una celda contigua a su compañero.

Por conformidad de las partes, el Juzgado condenó al conductor a distintas penas como autor de tres delitos contra la seguridad del tráfico y un delito de atentado.

Así mismo lo condenó a pagar 150 euros de indemnización a la policía local por las lesiones que le produjo.

Sin existir conformidad de las partes, la sentencia condenó al compañero del anterior, como autor de un delito de atentado, con la

agravante de reincidencia, a dos años y un día de cárcel y a pagar 150 euros al agente al que atacó en Comisaría.

Ahora, la Audiencia de Murcia, al estimar de forma parcial el recurso que presentó este segundo acusado rebaja a 21 meses y un día la pena de prisión y anula la responsabilidad civil fijada en los 150 euros.

La sentencia, dice que lo hace, en cuanto al atentado, en aplicación de la reforma introducida en el Código Penal en julio de 2015, que resulta más favorables para el apelante, y en cuanto a lo segundo, porque en el juicio no fue acusado por las lesiones.