El TSJ ha desestimado el recurso presentado por una empresa municipal de limpieza de Beniel contra la sentencia de un Juzgado que reconoció el derecho del personal laboral de la misma a percibir la parte correspondiente de la paga extraordinaria de diciembre de 2012. La sentencia señala que ese derecho se extendía a la parte de la extraordinaria devengada entre el uno de junio y el 14 de junio de aquel año, fecha esta última en la que entraron en vigor medidas de contención del gasto acordadas por el gobierno de la nación.