La Audiencia Provincial de Murcia ha confirmado la sentencia de un Juzgado de Instrucción de Caravaca de la Cruz que en 2015 condenó a una vecina de esta segunda población al pago de una multa de 150 euros por las lesiones que produjo a un sobrino suyo menor de edad en un muslo y en el prepucio.

La sentencia, que ahora se ve confirmada por la Audiencia, declaró probado que los hechos ocurrieron en mayo de 2014, cuando la acusada «causó intencionadamente una lesión al menor consistente en esquimosis de dos centímetros de diámetro en el muslo derecho y dos escoriaciones de 0,5 centímetros en el surco bálano prepucial de ambos lados del frenillo». La resolución judicial añadía que las lesiones sufridas por el niño (del que no se detalla la edad) tardaron siete días en curar. En su apelación, la mujer condenada negó los hechos y aludió a la mala relación existente entre la familia de la madre del menor y la suya propia.