La Audiencia Provincial ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de un Juzgado de lo Penal que lo condenó a un año de prisión por coaccionar a su expareja al entrar en la vivienda de esta para comprobar si estaba con otro hombre. La sentencia señala que el Juzgado de claró probado que los hechos ocurrieron en la madrugada del 25 de noviembre de 2014, cuando el acusado se desplazó hasta la casa, ubicada en Caravaca de la Cruz, y accedió a su interior tras romper el pestillo de la puerta.

Una vez allí, entró en el dormitorio donde se encontraba la que había sido su pareja, y que abandonó poco después.

La sentencia señala también que la exmujer «presentó un estado de nerviosismo y ansiedad en los momentos inmediatamente posteriores a los hechos, no reclamando indemnización alguna por los mismos».