La propietaria del restaurante de la playa de El Mojón (San Pedro del Pinatar) derribado en julio de 2008 a instancias de la Demarcación de Costas, deberá abonar los 32.000 euros a que ascendieron los gastos de demolición tras haber sido desestimado su recurso por el Tribunal Superior de Justicia de la Región (TSJ).

La sentencia de la Sala de lo Contencioso señala que fue la propia administración la que encargó las obras de demolición al no haber sido acometidas voluntariamente por la apelante. Esta, en el recurso que presentó ante el TSJ, alegó que desconocía los importes, partidas, conceptos, horas de trabajo y metros cúbicos de escombros, por lo que la liquidación que se había practicado debía ser declarada nula.

Asimismo expuso que había sufrido indefensión porque el expediente de derribo se había apartado de la legalidad y porque, además, no se le había admitido la prueba que había propuesto.

Ahora, la Sala del TSJ, al desestimar el recurso, indica que el expediente que acabó con el derribo del restaurante siguió el procedimiento previsto por la ley. Igualmente rechaza que se haya producido indefensión alguna, ya que, asegura, la apelante estuvo informada en todo momento del proceso y de la liquidación girada por el importe de las obras.