La Audiencia Provincial ha confirmado la sentencia de un Juzgado de San Javier que absolvió al motorista que arrolló a un peatón que volvió sobre sus pasos cuando cruzaba una calle por un lugar no autorizado al considerar que el responsable de lo ocurrido fue este último. El accidentado demandó tanto a este motorista como a su compañía aseguradora tras el suceso, que ocurrió en agosto de 2013 en San Pedro del Pinatar.

El Juzgado al que correspondió el asunto declaró que la culpa exclusiva del accidente la tenía el peatón, al atravesar la calzada «repentinamente» y, antes de terminar de cruzar la calle, se dio la vuelta y volvió sobre sus pasos. Para la sala, la conducta del demandante «se presenta osada o irreflexiva, salvo que concurriera alguna anomalía psíquica o de otra naturaleza, que para nada quedó demostrada». «En este caso -concluye la sala- resulta, al imponerse los hechos probados, que el daño no surgió de actuación culposa alguna del conductor de la motocicleta, sino que tuvo su causa en la conducta del peatón, que provocó así el accidente por su irreflexivo comportamiento».