Un Juzgado de Primera Instancia de Mula ha declarado la nulidad de los contratos de compra de valores Santander, así como su canje posterior por acciones, y ha condenado al banco a devolver los 35.000 euros entregados por las dos compradoras de los mismos porque no actuó de buena fe. La sentencia estima así la demanda que de estas dos clientas, que suscribieron estos valores de Banco Santander contando con el asesoramiento del padre y hermano de las mismas, «que no tiene estudios y es ajeno al sector financiero, siendo carnicero de profesión y que se dejaba asesorar por los empleados del banco en este caso».