La Audiencia Provincial de Murcia ha revocado la sentencia de un Juzgado de Instrucción de Lorca que condenó a seis días de localización permanente a un vecino que vejó a su exmujer al decirle que "ella estaba muy a gusto con la paga del Estado, pero que como salieran bien las cosas le iban a quitar la casa".

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, indica que el testimonio único de la denunciante no constituye prueba suficiente para enervar la presunción de inocencia del denunciado.

El Juzgado declaró probado en su sentencia condenatoria que la pareja esta divorciada desde marzo de 2012, teniendo la mujer atribuida la vivienda que había constituido el domicilio conyugal, ubicada en una población lorquina.

Hace ahora un año, añadía el relato de hechos probados, cuando el acusado cuidaba la huerta próxima al inmueble, comentó a gritar en voz alta, para que su exmujer lo escuchara, como le salieran bien los papeles que tenía en tramitación le iban a quitar la casa "y que ella no había tenido nada ni lo iba a tener".

Al no considerar probados los hechos, ahora, la Audiencia Provincial, anula la sentencia que condenó al acusado como autor de una falta de vejaciones leves.