La Sala de lo Militar del Tribuna Supremo (TS) ha desestimado el recurso presentado por un guardia civil contra la resolución del ministro de Defensa que le impuso una sanción de tres meses y un día de suspensión de empleo por trabajar como camarero en una discoteca de Los Alcázares.

La sentencia señala que el agente fue sancionado inicialmente a seis meses de suspensión por un acuerdo del director general de la Guardia Civil, que el ministro de Defensa rebajó a la mitad.

Disconforme también con esta sanción disciplinaria, acudió al TS a través de un recurso en el que alegó la vulneración del principio de legalidad y del de inocencia, además de reclamar una indemnización por daño moral.

Recoge la sentencia del Alto Tribunal que se considera probado que el agente, "durante un periodo de tiempo no determinado, trabajó como camarero en un local de ocio, de lo que se tuvo conocimiento a través de un correo electrónico remitido a la Oficina de Atencin al Ciudadano de la Guardia Civil".

El correo iba acompañado de diversas fotografías del guardia civil que había sido extraídas de la página de Facebook de la discoteca.

En junio de 2013, un teniente de la Benemérita se personó en ese local con tres subinspectores de Trabajo "con objeto de practicar una inspección".

Aunque el sancionado, en un principio, aseguró que se había dejado su documentación en casa y facilitó un nombre falso, al final proporcionó su auténtica identidad al teniente, "al que reconoció que trabajaba los fines de semana en la discoteca, cobrando unos 50 euros por jornada".

El TS, al desestimar el recurso, considerada que la sanción está ajustada a Derecho "por tratarse de un guardia civil que trabaja como camarero en un local de ocio sin tener autorización alguna que le permitiera compatibilizar tal actividad con su profesión".