­La Audiencia Provincial de Murcia ha rebajado la condena impuesta por el Juzgado de lo Penal de Cartagena a un acusado por un delito de malos tratos en el ámbito familiar al considerar que no se ha probado que en la agresión hubiera un componente de dominación sobre la pareja víctima de los hechos.

La sentencia señala que el juez de lo Penal declaró probado que uno de los incidentes por los que fue juzgado el acusado se produjo el 20 de mayo pasado, cuando propinó diversos puñetazos a su expareja en una cafetería de Los Alcázares, que le produjeron lesiones que tardaron dos días en curar.

Poco antes de estos hechos, y en el mismo día, el denunciado había logrado acceder al domicilio de ella, donde se escondió debajo de la cama en espera de su llegada.

Cuando la denunciante volvió a casa y se lo encontró allí logró escapar y salir a la calle en compañía de las dos hijas de la pareja.

El Juzgado de lo Penal lo condenó a un año de prisión por un delito de malos tratos en el ámbito familiar, a otro año de prisión por un delito de quebrantamiento de condena, ya que tenía prohibido acercarse a su excompañera, y a otro año por un delito de amenazas.

La condena por este último delito tuvo su origen en las amenazas de muerte que profirió contra la mujer en el caso de que esta denunciara los hechos a la Policía.

Ahora, la Audiencia, al estimar en parte el recurso que presentó el acusado, rebaja el año de cárcel impuesto por el quebrantamiento de condena a ocho meses de prisión.

En cuanto a los otros dos delitos, los sustituye por una falta de amenazas leves y una falta de lesiones leves, por las que lo condena, respectivamente, a ocho y doce días de localización permanente, y mantiene la indemnización de sesenta euros para la perjudicada.

La sala indica que «de lo probado no se infiere que el comportamiento del acusado atienda, más allá de lo que es una expresión de reiterado quebrantamiento de la pena de alejamiento y del desarrollo de un comportamiento amenazador y violento, a un menosprecio de la condición de mujer de la víctima».