Justicia europea

La justicia europea rechaza limitar las licencias VTC en función de las concedidas a los taxis

El TJUE concluye que la viabilidad económica de los servicios del taxi no es una razón imperiosa de interés general que justifique el modelo

Taxis y vehículos VTC en Barcelona.

Taxis y vehículos VTC en Barcelona. / EFE

Silvia Martinez

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado este jueves que "la limitación de las licencias de servicios de VTC a una por cada treinta licencias de servicios de taxi no parece idónea para garantizar la consecución de los objetivos" y viola la libertad de establecimiento. Los jueces europeos también concluyen que la viabilidad económica de los servicios del taxi no constituye una razón imperiosa de interés general que justifique el sistema aunque consideran que exigir una licencia adicional a la prevista a nivel nacional "puede resultar necesario" para la buena gestión del transporte, del tráfico, del espacio público y la protección del medio ambiente.

La sentencia se alinea así con las conclusiones generales emitidas a mediados de diciembre pasado por el abogado general del TJUE, Matiej Szpunar, que en un dictamen preliminar dio la razón a la empresa Prestige y Limousine al declarar que "limitar el número de licencias de vehículo de transporte con conductor (VTC) en el área metropolitana de Barcelona viola la libertad de establecimiento". Fue esta empresa, aunque en total son una quincena las afectadas incluidas compañías vinculadas a plataformas internacionales en línea, la que decidió impugnar ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) el reglamento local.

Esta normativa exige que las empresas que ya disponen de una autorización para prestar servicios de VTC urbanos e interurbanos en España obtengan una licencia adicional para prestar servicios de VTC en la conurbación de Barcelona lo que limita las licencias de servicios de VTC a una por cada treinta licencias de servicios de taxi. Esta exigencia ha hecho que el número de licencias de taxi se haya mantenido estable en los últimos 35 años aunque ha impedido a los recién llegados al mercado de los VTC acceder a las autorizaciones. 

Una quincena de empresas

Esto es lo que denunció Prestige y Limousine ante los tribunales catalanes, que el objetivo de las limitaciones y restricciones impuestas por el reglamento local es obstaculizar su actividad para proteger los intereses del sector del taxi. Las dudas del TSJC hicieron que el órgano judicial catalán remitiera una pregunta prejudicial a los jueces europeos sobre la compatibilidad del régimen de doble autorización al que se han visto sometidas las VTC en el área metropolitana de Barcelona y si podría ser vista como una una estrategia dirigida a reducir a la mínima expresión la competencia que los servicios de VTC han venido manteniendo frente a los servicios de taxi.

Tal y como avanzó en diciembre el abogado general, la conclusión de la corte es que la exigencia de una autorización específica adicional y la limitación del número de licencias constituyen, ambas, "restricciones al ejercicio de la libertad de establecimiento". La primera porque limita efectivamente el acceso al mercado a todo recién llegado y la segunda porque limita el número de prestadores de servicios de VTC establecidos en la zona en cuestión.

Principio de proporcionalidad

Los jueces también han examinado las restricciones a la libertad de establecimiento están justificadas por una razón imperiosa de interés general y si son apropiadas para garantizar, de forma congruente y sistemática, la realización del objetivo perseguido, sin ir más allá de lo necesario para alcanzarlo. Es decir, si se respeta el principio de proporcionalidad. La conclusión es que "si bien los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público de una conurbación, así como de protección del medio ambiente, pueden constituir razones imperiosas de interés general, el objetivo de garantizar la viabilidad económica de los servicios de taxi es un motivo de carácter puramente económico que no puede constituir una de esas razones", concluye la sentencia.

El Tribunal de Justicia también recalca que la exigencia de autorización previa puede considerarse necesaria para alcanzar los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente. Sin embargo, esta autorización específica debe basarse en criterios objetivos, no discriminatorios y conocidos de antemano, que excluyan cualquier arbitrariedad y que no se solapen con los controles ya efectuados en el marco del procedimiento de autorización nacional, sino que respondan a necesidades particulares del Área Metropolitana de Barcelona.

En cambio, la limitación de las licencias de servicios de VTC a una por cada treinta licencias de servicios de taxi no parece idónea para garantizar la consecución de los objetivos de buena gestión del transporte, del tráfico y del espacio público, así como de protección del medio ambiente.