Cuidado: este es el truco de los caseros para 'saltarse' el tope al alquiler

Si tu arrendador viene con alguna de estas artimañas, es que está intentando pasar por encima de la Ley de Vivienda

Olaya López Munuera

Olaya López Munuera

El pasado 24 de mayo, se publicó en el BOE la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, marcando un hito en la historia de España como la primera normativa de este tipo. Esta ley trae consigo cambios muy relevantes en las relaciones entre los inquilinos y los propietarios, para favorecer una relación más equilibrada entre ambos que proteja a las personas que viven de alquiler ante la especulación del mercado inmobiliario y los intereses económicos de los grandes tenedores.

Aunque la nueva Ley de Vivienda establece beneficios claros para los inquilinos, desde las primeras horas desde su implementación ya hay quienes han encontrado formas de eludir cada uno de los cambios establecidos por la ley.

Un ejemplo de esto es el límite impuesto a los aumentos de los alquileres. Según el Real Decreto aprobado en diciembre de 2022 y la nueva Ley de Vivienda que ha entrado en vigor en mayo de 2023, durante todo el año 2023, los alquileres no podrán aumentar más de un 2% con respecto a la renta anterior; en 2024, ese límite será del 3%, y a partir de 2025 se establecerá un nuevo índice de referencia, sustituyendo al IPC.

Cuando los propietarios ávidos de un incremento de rentas "vieron las orejas al lobo" empezaron a intentar cerrar contratos apresuradamente, incluyendo cláusulas que a día de hoy ya no serían legales.

Los trucos de los caseros para "saltarse" la nueva Ley de Vivienda

Dicen que hecha la ley, hecha la trampa, y es que los propietarios han desarrollado un amplio abanico de estrategias para intentar sortear las restricciones que promueve la ley aprobada el pasado 24 de mayo según explican en laSexta Clave. Una de ellas es la de fraccionar el alquiler de la vivienda en habitaciones: así, los caseros están alquilando los pisos por habitaciones, para así redactar un nuevo contrato cada vez que entra un nuevo inquilino, y poder subir así los límites establecidos por la ley.

También se ha detectado otra estrategia que, básicamente, consiste en cambiar la titularidad de un contrato vigente, por ejemplo, transfiriéndolo a la pareja de un inquilino actual. De esta manera, se redacta un nuevo contrato y se puede realizar un aumento superior al 2% sin incurrir que se detecte la ilegalidad.

Respecto a la comisión de las agencias inmobiliarias, que hasta ahora asumían muchos arrendatarios, a partir de ahora "no estarán obligados a pagar la comisión inmobiliaria ni los gastos de gestión o formalización del contrato" de forma que estos gastos deben ser asumidos por el arrendador, quien es finalmente el que contrata el servicio.

No obstante, los propietarios y las agencias inmobiliarias están utilizando un truco para seguir cobrando esta carga a los inquilinos, y es que siguen cobrando lo que normalmente correspondería a una mensualidad, argumentando que lo que la ley prohíbe es la intermediación y asegurando que el servicio que ellos están prestando es una "captación de clientes".

Por otro lado, la nueva ley por el derecho a la vivienda prohíbe cualquier aumento acordado entre ambas partes que supere el límite establecido. Así mismo, los arrendatarios ya no podrán transferir al inquilino nuevos gastos que anteriormente asumían ellos mismos, como los relacionados con calefacción, agua o tasas de basura. A pesar de esta prohibición, algunos caseros están "inflando" los precios, tratando de compensar la falta de aumento en la renta del alquiler mediante la inclusión de gastos adicionales en el contrato, gastos que antes no recaían sobre los arrendatarios.