El Gobierno garantizará, de forma proporcional, que al menos permanezca abierta una gasolinera en todos los municipios que cuentan con este tipo de instalaciones y que sigan activos todos los postes marítimos que suministran al sector pesquero mientras se prolongue el estado de alarma.

El Gobierno ha establecido, mediante una orden propuesta por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (Miteco), publicada esté sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), medidas para asegurar el suministro de carburantes en todo el país, y con especial atención a los territorios con menor densidad de población.

La orden, firmada por el Ministro de Sanidad, Salvador Illa, subraya que las estaciones de servicio y los postes marítimos constituyen un servicio esencial para poder abastecer de combustible, en estos momentos, a otros servicios esenciales como pueden ser el sector primario, la cadena de distribución de alimentos o la atención médica.

Su actividad también es imprescindible para los trabajadores que, en cumplimiento de las medidas establecidas durante el estado de alarma, han de acudir a su puesto para prestar, a su vez, un servicio esencial, como pueden ser los propios profesionales sanitarios, los que trabajan en plantas de generación de energía o quienes garantizan las telecomunicaciones, entre otros.

La orden ministerial divide las gasolineras en tres grupos, el primero de los cuales forman aquellas estaciones de servicios que, en todo caso, deberán mantenerse abiertas en el horario que prestan habitualmente, sin poder modificarlo.

Entre ellas, se incluyen todas las gasolineras con un volumen de ventas superior a cinco millones de litros al año, las localizadas en autovías y autopistas o en los hipermercados.

De las 11.676 estaciones de servicio inscritas en el registro del Miteco, cumplen con uno o varios de los criterios determinados para este grupo 4.334, un 37 % del total.

Por otro lado, en aquellos municipios en los que no se han identificado instalaciones disponibles, se requerirá a la gasolinera con mayores ventas que permanezca abierta con un horario reducido.

Será necesario que cubra, al menos, 30 horas semanales, con apertura de lunes a sábado un mínimo de cinco horas cada día.

En el caso de que las estaciones seleccionadas tuvieran previamente un horario más reducido que el fijado en la orden, podrán mantenerlo.

Unas 1.686 gasolineras, un 14% del total, deberán abrir cumpliendo estos requisitos.

El resto de gasolineras podrán fijar libremente sus horarios durante el estado de alarma.

La orden también fija medidas para los 77 postes marítimos dedicados al suministro de combustibles a embarcaciones pesqueras, imprescindibles para el sector primario y el funcionamiento de la cadena de distribución de alimentos.

Todos ellos deberán permanecer abiertos en su calendario y horario habitual.