El juez José de la Mata ha acordado la suspensión cautelar de las reclamaciones que hayan formulado las entidades financieras que suscribieron contratos vinculados a los tratamientos de las clínicas del Grupo iDental y a los que permanecen vinculados los perjudicados por este fraude.

El juez de la Audiencia Nacional ha adoptado esta decisión en un auto en el que además acuerda requerir a diez entidades financieras para que cesen en dichas reclamaciones, así como a abstenerse de incluir en los ficheros de información patrimonial a aquellos perjudicados que hayan dejado de pagar los créditos.

Según el magistrado, esta medida cautelar permitirá evitar mayores perjuicios a los denunciantes, que estaban obligados a abonar los gastos periódicos del crédito a sabiendas de que el tratamiento odontológico no les iba a ser administrado.

Y todo ello teniendo en cuenta que muchos de los damnificados, en los casos más graves, "se ven incluso imposibilitados de acudir a un nuevo tratamiento que trate de resolver su caso, o completar el tratamiento".

El juez trata de garantizar así una protección eficaz de los derechos del consumidor, evitando que una situación claramente injusta se mantenga durante la tramitación del proceso principal.

Ello permitirá a los usuarios/prestatarios no sufrir aún más perjuicios, que se han visto incrementados "como consecuencia de la ejecución de un contrato al consumo vinculado a un contrato de servicios que no han sido prestados".

Además, según el juez, las entidades financieras han expresado su inquietud ante la situación y la gravedad de los hechos y han manifestado su compromiso para atender las reclamaciones presentadas y su disposición a facilitar soluciones.

En el caso iDental, según el auto, ha quedado acreditada la existencia de "un patrón uniforme de actuación" por parte de los investigados.

El "modus operandi" consistía en conseguir fondos para el enriquecimiento personal mediante el engaño a los pacientes, a quienes se les hacía contratar préstamos para la financiación de tratamientos dentales con supuestos descuentos, que podían alcanzar el 80 % de un presupuesto inflado a base de supuestas subvenciones que en realidad no existían.

Pretendían, por tanto, obtener la mayor cantidad posible de dinero en efectivo, sin importarles los métodos y a sabiendas de que no se iban a completar los tratamientos y de que la calidad del material odontológico era muy deficiente

De este modo, iDental "se quedó con los capitales recibidos de las entidades financieras y no solicitó la cancelación o interrupción de los créditos al consumo".

La medida cautelar que ha sido adoptada, permitirá ahora tanto a los afectados como a las entidades financieras determinar, en función de las circunstancias de cada caso, la solución más apropiada en cada caso.

Entre ellas, acordar que la interrupción del servicio provoque que se cancelen las obligaciones contractuales (en los casos que los servicios no han comenzado) o la cancelación o devolución de los créditos, según corresponda, como consecuencia de la evaluación por un tercero de la parte del tratamiento no prestada.

Otra alternativa que expone el auto es la continuación del tratamiento iniciado con otras clínicas dentales proporcionadas por las entidades financieras o bien otras soluciones que las partes, en ejercicio de sus derechos, consideren oportunas.