El Tribunal de Justicia de la UE condenó ayer (CE) a España por no haber acatado la decisión de la Comisión Europea (CE) de retirar varias de las condiciones a la opa de E.ON sobre Endesa, pero no entró a evaluar si las medidas son compatibles con la legislación comunitaria.

Los jueces europeos dieron la razón al ejecutivo de la UE, que había solicitado en reiteradas ocasiones al Gobierno español que levantara algunas de sus restricciones a la entrada de E.ON en la eléctrica española, y condenaron a España al pago de las costas judiciales.

Para Bruselas no es aceptable obligar a mantener la marca Endesa durante cinco años; no vender en ese plazo los activos eléctricos fuera de la Península; utilizar sólo carbón de producción nacional y no desviar gas producido en España a otros mercados, y no adoptar decisiones estratégicas que puedan afectar a la seguridad del suministro contrarias al ordenamiento legal español. Esas medidas vulneran, según la CE, los principios de libertad de establecimiento y libre circulación de capitales. Además, el ejecutivo de la UE denuncia que, al imponer requisitos a la operación, Madrid se inmiscuyó en una fusión de dimensión comunitaria, sobre las que Bruselas tiene competencia exclusiva.

El Gobierno niega que las condiciones a E.ON vulneren la legislación y argumenta que su único objetivo era garantizar la seguridad energética nacional.

Pero el Tribunal de Justicia no entró a evaluar estos argumentos y recalcó que un Estado miembro no puede defenderse de un recurso por incumplimiento aduciendo la ilegalidad de la decisión. Sólo podría hacerlo si la decisión de Bruselas adoleciera "de vicios especialmente graves y evidentes", dice la sentencia, algo que no ocurre en este caso.

Según el Tribunal, "sin que sea necesario examinar si las medidas controvertidas se adoptaron para proteger un interés legítimo" como la seguridad pública, no procede en este caso cuestionar la validez de la decisión de la Comisión.

La sentencia, contra la que no cabe recurso, recalca, además, que el hecho de que E.ON retirara su oferta por Endesa no eximía a España del cumplimiento de la decisión de Bruselas.

La CE se declaró satisfecha por el fallo judicial que, a su juicio, confirma la obligación de los Estados miembros de cumplir sus exigencias. Según Bruselas, queda claro que la CE "puede y debe" vigilar las medidas nacionales, para garantizar que los Gobiernos no impongan trabas injustificadas a fusiones de dimensión comunitaria.