El Tribunal de Justicia de la UE anuló ayer la decisión tomada en noviembre por los ministros europeos de Finanzas que condujo a la suspensión de los procedimientos sancionadores por déficit excesivos contra Francia y Alemania.

La esperada sentencia da la razón a la Comisión Europea y a su entonces responsable de Asuntos Económicos y Monetarios, el español Pedro Solbes, en su pulso jurídico con el Consejo de ministros de Economía y Finanzas (Ecofín) de la UE.

l Ecofín, con el voto en contra de los representantes de España, Holanda, Austria y Finlandia, aprobó el pasado 25 de noviembre unas conclusiones -ahora anuladas por los jueces- que supusieron "de facto" la suspensión de la aplicación del Pacto de Estabilidad y crecimiento a las dos economías más importantes de la Eurozona.

La sentencia deja claro que la vía seguida no fue ortodoxa y que "el Consejo no puede sustraerse a la aplicación de las normas establecidas por el Tratado ni de las que él mismo se ha impuesto en el Reglamento 1467/97" sobre aplicación del Pacto de estabilidad.

Dicho Pacto, que fija un límite estricto del 3% del PIB para el déficit público, contempla fuertes sanciones económicas contra los países que, al cabo de un procedimiento comunitario de coordinación económica muy estricto, no enderecen sus presupuestos.

El presidente de la Comisión, Romano Prodi, se felicitó personalmente por la sentencia en una breve comparecencia ante los periodistas en Bruselas.

Anunció que el Ejecutivo comunitario "negociará" con los ministros de Finanzas cómo aplicar las conclusiones del Tribunal, dado que la situación que se crea ahora resulta políticamente muy complicada.

Formalmente, según dijo Prodi, la situación vuelve a "como estaba el 24 de noviembre".

Es decir, son las recomendaciones formuladas entonces por la Comisión con arreglo al artículo 104.7 del Tratado, en las que exigía nuevas medidas de ajuste a ambos países para corregir el déficit en 2004, las que constituyen el "único texto válido".