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Las profesiones por ley de los licenciados y graduados en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte

"Para trabajar con personas que requieran especial atención o mayores y tercera edad, se precisa obligatoriamente esta titulación", afirman desde el Colef

El Colef colabora con la Comunidad, Ayuntamientos y Centros Deportivos Privados para conseguir la implantación total de la Ley 3/2018 de Profesiones.

El Colef colabora con la Comunidad, Ayuntamientos y Centros Deportivos Privados para conseguir la implantación total de la Ley 3/2018 de Profesiones. / Magnific

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La Opinión

La Opinión

En la Región de Murcia tenemos el privilegio de disponer de la Ley 3/2018 por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte, que fue aprobada por unanimidad en la Asamblea Regional. En ella se establecen las reservas de actividad profesional, en exclusiva, para los licenciados y graduados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, y son las de: preparador físico, entrenador personal y director deportivo (en instalaciones o servicios públicos o privados de ámbito polideportivo).

Por ello, en nuestra Comunidad Autónoma no existe confusión alguna como la que se genera en otras CCAA que no disponen de una ley similar de regulación profesional, en relación con las titulaciones oficiales de la Formación Profesional, de las Enseñanzas Deportivas de Régimen Especial o las de los Bloques Formativos de los Técnicos Deportivos del periodo transitorio del Consejo Superior de Deportes. Estos técnicos no universitarios sólo pueden ejercer de monitores deportivos, nunca de preparadores físicos o entrenadores personales, y es por ello denunciable ante la Inspección Deportiva de la Comunidad Autónoma.

Entrenador personal imparte una clase junto a una alumna.

Entrenador personal imparte una clase junto a una alumna. / Magnific

El Colegio Oficial de Licenciados y Graduados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte de la Región de Murcia (Colef) colabora estrechamente tanto con la Comunidad Autónoma, como con los Ayuntamientos y Centros Deportivos Privados, a los efectos de conseguir la implantación total de la Ley 3/2018 de Profesiones, y el seguimiento efectivo de la misma.

Incumplimiento reiterado de la ley

Los Ayuntamientos representan la Administración más importante para el Deporte; es la más numerosa, la que más gasta e invierte en su conjunto y, sobre todo, la que más plazas convoca y contrata, pero arrastra el grave problema de la falta de reconocimiento de este título universitario en muchos de ellos, en contra de la referida Ley de Profesiones, sobre todo cuando se configuran regularmente las Relaciones de Puestos de Trabajo, y se aprueban las Ofertas Públicas de Empleo.

Analizando los servicios deportivos municipales de los 45 Ayuntamientos de la Región, según Real Decreto Legislativo 5/2015, del Estatuto Básico del Empleado Público se observa que, hay muy pocos grupos A1 y A2 (titulados universitarios con Grado CAFD), que muchos A2 deberían ser A1, que casi todos los actuales C1, deberían pasar a ser Grupos B o A2, y que el C2, que es el más numeroso, no procede en el marco de la Ley de Profesiones del Deporte. Los grupos B y C1 se corresponden con los títulos de Formación Profesional y Deportivos.

«Hay que tener en cuenta que, para trabajar con poblaciones especiales, personas que requieran especial atención o con diversidad funcional, pacientes oncológicos, mayores y tercera edad, hay que ser por ley, preparador físico y se precisa obligatoriamente la titulación de graduado en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte», afirman desde el Colef.

También reivindican que, el Convenio Colectivo Estatal de Instalaciones Deportivas y Gimnasios que aplican todos los Centros Deportivos Privados en la Región de Murcia también incumple la regulación de la Ley de Profesiones del Deporte. «Debería de haber adaptado sus grupos profesionales a las titulaciones reguladas en la Región de Murcia, de forma que los directores deportivos deberían estar encuadrados en el Grupo 1, y los preparadores físico y entrenadores personales en el Grupo 2. Actualmente a todos los clasifican en el Grupo 3 junto al personal titulado no universitario, sin reconocimiento alguno y consideramos que es muy grave», concluyen desde el Colegio Oficial de Licenciados y Graduados en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, presidido por Eduardo Segarra.

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