Un juez de Madrid impuso ayer a Mediapro que cumpla hasta el final de esta temporada el contrato que firmó con Audiovisual Sport (AVS) el 24 de julio de 2006, según el cual, de los partidos de la Primera División de Liga, habrá uno en abierto, y el resto serán para Canal Plus y Digital Plus en la modalidad de pago por visión.

La Liga Profesional anunció ayer que ha convocado a los operadores de televisión Mediapro y AVS a una reunión mañana para fijar los criterios en las transmisiones televisivas, que algunas fuentes sitúan en un partido en abierto los sábados, en La Sexta o autonómicas, y los demás, en Digital y Canal Plus los domingos.

AVS está participada en un 80% por Sogecable, dueña de Digital Plus y Canal Plus, y en un 20% por Televisió de Catalunya, mientras que Mediapro es accionista de La Sexta, cuyas emisiones de partidos durante varios domingos más allá del encuentro de interés general de cada sábado quedan suprimidas por el auto judicial. El 24 de julio de 2006 AVS y Mediapro acordaron que la segunda cedía los derechos de explotación de una serie de clubes a AVS.

En virtud de dicho contrato Mediapro adquiría los derechos de un partido en abierto por jornada, el de interés general según viene definido por la Ley, además de la explotación de los derechos internacionales de todos los partidos, los resúmenes de todos los encuentros y los derechos de los de Segunda División. También resolvían que Televisió de Catalunya, con un 20% de las acciones, abandonaba AVS y entraba Mediapro, con un 25%.

Esto último no se produjo y ahí radica el enfrentamiento entre ambas partes, porque Mediapro no se considera obligada por el contrato, y Sogecable la acusa de incumplimiento del mismo y le pide además una indemnización.

El auto del juez deja claro que "es público y notorio que Mediapro al menos se excede" del citado acuerdo al ceder retransmisiones de partidos en La Sexta los domingos (cuando solo puede explotar un partido en abierto, cupo cubierto con el del sábado).

Aunque el auto se produce a instancias de Sogecable y estima su petición, condenando a pagar las costas a Mediapro, también impone a AVS que, en el plazo de veinte días, a contar desde la notificación del escrito judicial, "preste caución de 50.000.000 de euros mediante aval bancario o en cualquier otra forma admitida en derecho".

El Juzgado de Primera Instancia 36 de Madrid, que ha estimado las medidas solicitadas por AVS contra Mediapro y ha prohibido a ésta, para la temporada futbolística 2007/08, explotar los derechos audiovisuales cedidos a AVS, es el mismo juzgado que el 30 de agosto de este año desestimó otra solicitud similar de Audiovisual Sport.