Según informa en nota de prensa este organismo, la CHS una vez que defina las zonas de riego, se inician los expedientes administrativos que concluirán con el otorgamiento de las concesiones a las diferentes Comunidades de Regantes.

Esta tramitación previa que se esta acometiendo desde la Comisaría de Aguas ha requerido un proceso, según la CHS, "muy complejo, ya que no existían, en la mayoría de casos, planos aprobados ni volúmenes asignados a cada Comunidad de Regantes en función su perímetro regable, dado que el reparto del recurso trasvasado se realizaba en función de un acuerdo inicial no formalizado posteriormente".

Ante estos antecedentes y dado que la Ley de Aguas exige disponer de concesión para todo uso privativo de aguas públicas, la CHS ha visto necesario dotar de concesiones a unos destinatarios que llevan más de veinticinco años utilizando recursos procedentes de la cuenca del Tajo sin ninguna resolución administrativa que les otorgue explícitamente tal derecho y sin concretarse formalmente volúmenes y superficies regables.

Los criterios seguidos a la hora de la determinación concreta de superficie y volumen de cada usuario se basan, en cuanto a la definición de las superficies regables, en el reconocimiento exclusivo de perímetros de regadío consolidado, excluyendo las zonas que no han utilizado nunca agua procedente del Trasvase Tajo Segura, y en cuanto a los volúmenes se mantienen, "excepto en algún caso puntual y singular debidamente justificado, esencialmente los mismos repartos que ya se vienen ya realizando entre las Comunidades de Regantes".