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Ya en vigor: las latas de sardinas, mejillones y berberechos de los supermercados de Murcia cambian por ley
La nueva norma pone bajo lupa etiquetas, nombres comerciales y detalles en los alimentos que hasta ahora podían pasar desapercibidos

Ya en vigor: las latas de sardinas, mejillones y berberechos de los supermercados de Murcia cambian por ley. / L. O.
Seguro que en tu despensa tienes ahora mismo alguna lata de sardinas, de mejillones en escabeche o de berberechos al natural. Son de esos productos que siempre están ahí, que solucionan una cena en cinco minutos y que se compran casi sin pensarlo.
Pues bien, la próxima vez que cojas una de esas latas en el supermercado, la etiqueta te va a contar mucho más que antes. Y lo que te cuente tendrá que ser verdad.
Una nueva ley que pone orden en el etiquetado
El Real Decreto 1082/2025, publicado en el BOE el 6 de diciembre de 2025, entró en vigor el pasado 2 de enero de 2026 y cambia de forma radical las reglas del etiquetado de conservas de pescado y marisco en España.
La norma parte de una idea sencilla, pero importante: la etiqueta es la principal herramienta de comunicación entre quien fabrica el producto y quien lo compra. Y hasta ahora, esa comunicación dejaba mucho que desear.
Se acabaron los términos ambiguos
A partir de ahora, palabras que aparecen habitualmente en las latas como "eviscerado", "limpio", "ahumado", "pasteurizado", "ultracongelado" o "en escabeche" dejan de ser conceptos que cada fabricante interpreta a su manera. Todas ellas pasan a tener una definición legal estricta.
Lo mismo ocurre con las partes del pescado. Términos como "ventresca", "lomo", "filete", "cocochas" o "anillas" se convierten en categorías cerradas con requisitos concretos. Si en la lata pone ventresca, tiene que ser ventresca. Sin trampa ni cartón.

Una lata de sardinas, en una imagen de archivo. / Pixabay
¿Una sardinilla es una sardina pequeña? Ahora la ley dice exactamente cuánto de pequeña
Uno de los cambios más llamativos afecta a las conservas de sardinas y sardinillas. Hasta ahora, la diferencia entre ambos productos quedaba muchas veces en manos de criterios comerciales. Con el nuevo decreto, eso se acabó.
Solo podrán etiquetarse como sardinillas las conservas elaboradas con ejemplares de sardina pilchardus que cumplan unos parámetros muy concretos:
- Si proceden del Mediterráneo: entre 11 y 15 centímetros de longitud y un peso medio de entre 10,7 y 25 gramos.
- Si vienen del Atlántico u otros caladeros: entre 11 y 13,7 centímetros y un peso medio de entre 12,5 y 25 gramos.
Sin margen de interpretación. O cumplen esas medidas, o no pueden llamarse sardinillas.
Mejillones, almejas y berberechos: cuarenta años después, nueva normativa
Las reglas que regulaban las conservas de mejillón, almeja y berberecho en España databan de 1985. Cuatro décadas en las que la industria conservera cambió por completo y los hábitos de consumo de los españoles evolucionaron enormemente.
El nuevo decreto deroga aquellas disposiciones antiguas e integra estos productos en un sistema actualizado, gestionado por la Secretaría General de Pesca, con criterios mucho más precisos y homogéneos.
El nombre en la lata tiene que coincidir con la especie real
Otro de los cambios importantes afecta a los nombres de las especies. A partir de ahora, el nombre científico de cada producto debe coincidir obligatoriamente con la nomenclatura recogida en la base de datos ASFIS de la FAO.
¿Para qué sirve esto? Para acabar con situaciones como la de algunas latas comercializadas como zamburiñas que en realidad contenían volandeiras o vieiras del Pacífico. Una práctica que con el nuevo reglamento queda completamente prohibida.
Un sistema que se irá actualizando cada año
La normativa también crea un mecanismo dinámico. Los listados oficiales de denominaciones se revisarán cada año durante el primer trimestre, mediante resoluciones publicadas en el BOE.
Cualquier empresa o comunidad autónoma podrá solicitar la inclusión, modificación o eliminación de una denominación. La Administración tendrá un plazo máximo de seis meses para responder. Si no lo hace, la solicitud se aprueba automáticamente por silencio administrativo.
¿Qué pasa si una empresa no cumple?
El decreto no crea un régimen sancionador propio, pero remite a tres leyes ya existentes para castigar los incumplimientos: la Ley de Pesca Marítima del Estado, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y la Ley de la Cadena Alimentaria. Las comunidades autónomas, además, mantienen sus propias competencias sancionadoras.
La responsabilidad recae directamente sobre las empresas y operadores encargados del etiquetado.
¿Cuándo se notará el cambio en los lineales?
Las empresas disponen de un año de margen para dar salida a los envases ya impresos con etiquetas antiguas. Así que durante un tiempo todavía podrás encontrar latas con el etiquetado anterior. Eso sí, en el caso de los productos frescos y refrigerados, la adaptación es inmediata.
A partir de ahora, cuando cojas una lata en cualquier supermercado de la Región, lo que leas en la etiqueta tendrá que ajustarse a lo que hay dentro. Algo que, aunque parezca lo mínimo, hasta hace muy poco no estaba garantizado.
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