Tráfico
Multa de 200 euros y 4 puntos por llevar al niño en el coche con la sillita pero incumpliendo este detalle clave
La norma no solo obliga a usar un sistema de retención infantil, sino también a colocarlo de una forma muy concreta que todavía genera muchos errores entre los conductores

Multa de 200 euros y 4 puntos por llevar al niño en el coche con la sillita pero incumpliendo este detalle clave / Istock
Hay una escena que se repite en miles de familias españolas cada vez que se acercan unas vacaciones: el maletero lleno hasta arriba, los niños ya sentados y la sillita colocada a toda prisa porque hay que salir antes de que se forme la caravana. Lo importante, piensan muchos padres, es que el pequeño vaya sujeto. Pero la Guardia Civil también mira cómo va sujeto. Y ahí es donde muchas familias se llevan una sorpresa.
Porque la normativa de Tráfico no solo obliga a que los menores de 135 centímetros viajen con una sillita adaptada a su talla y peso. También exige que esa sillita esté correctamente instalada. Y sanciona si no es así.
Lo que dice la ley, en pocas palabras
El Reglamento General de Circulación (RGC) es claro: los menores con una estatura igual o inferior a 135 centímetros deben utilizar sistemas de retención infantil. La DGT lo resume sin rodeos: hasta esa altura es obligatorio viajar "siempre con un sistema de retención infantil adaptado a su peso y talla". No vale cualquier sillita. Tiene que ser la que le corresponde al niño según su peso y su talla, no la que quedaba en casa del abuelo o la que le prestó una amiga.
La norma también establece dónde debe ir el niño dentro del coche. El BOE es explícito: los menores "deberán situarse en los asientos traseros". Solo hay tres excepciones: que el vehículo no tenga plazas traseras, que todas estén ya ocupadas por otros menores, o que no sea posible instalar allí todos los sistemas de retención.
Y si, aun así, el niño acaba viajando delante con la sillita orientada hacia atrás, hay un detalle que no se puede pasar por alto: el airbag frontal debe estar desactivado. En caso de impacto, ese cojín de aire que salva vidas adultas puede ser letal para un bebé o un niño pequeño.
El error que comete mucha gente sin saberlo
Aquí está la trampa en la que caen muchas familias. Comprar una sillita homologada y colocarla en el coche no es suficiente. El BOE exige que los sistemas de retención infantil se instalen "siempre de acuerdo con las instrucciones" del fabricante. Una sillita homologada pero mal anclada, con las correas flojas o sin el adaptador adecuado, sigue siendo una infracción de tráfico.
La DGT lo deja muy claro: la sanción no llega únicamente por no llevar la sillita, sino también "por no utilizar el sistema adecuado o hacerlo de manera incorrecta". Dicho de otra forma: el agente puede parar el coche, ver al niño en la sillita y multar igualmente si algo no está como debe.
Las consecuencias: 200 euros y 4 puntos del carné
No cumplir con esta normativa tiene un coste importante. La Ley de Tráfico tipifica como infracción grave "no hacer uso, o no hacerlo de forma adecuada, de los sistemas de retención infantil". Eso se traduce en una multa de 200 euros y la pérdida de 4 puntos del carné de conducir.
Y si la situación lo requiere, los agentes también están facultados por ley para inmovilizar el vehículo en el mismo momento del control. Lo que parecía una parada rutinaria en carretera puede convertirse en un problema serio en mitad del camino.
Merece la pena, antes de arrancar, dedicar cinco minutos a revisar que la sillita es la correcta y que está bien puesta. Por seguridad, primero. Y por si acaso, también.
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