Social
El Gobierno permite cobrar el Ingreso Mínimo Vital en Murcia aunque vivas con tus padres, pero exige presentar la declaración de la Renta
La ayuda no se concede de forma automática: hay condiciones de edad, convivencia e ingresos que pueden dejar fuera a muchos solicitantes, según la Seguridad Social
Confirmado por Hacienda: esta es la deducción de más de 1.000 euros que los murcianos con seguro de hogar podrán aplicar en la Renta

La ministra de Inclusión y Seguridad Social, Elma Saiz durante su intervención ante el pleno del Congreso. / Sergio Pérez / EFE
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) ya protege a más de 130.000 murcianos y a más de dos millones de personas en España. Entre sus beneficiarios existe un perfil que genera muchas dudas: quienes comparten techo con sus padres pero quieren (o ya están) cobrando esta ayuda. ¿Es posible? Sí, pero con condiciones muy concretas que conviene conocer, según destaca elEconomista, sobre todo ahora que se acerca la Campaña de la Renta.
¿Puedes cobrar el IMV si vives en casa de tus padres?
La respuesta es sí, aunque no es tan sencillo. La Seguridad Social establece que pueden acceder a esta prestación las "personas de al menos 23 años que, aunque compartan domicilio con una unidad de convivencia, no se integren en ella". Eso sí, para que esto sea posible se deben cumplir varios requisitos simultáneamente:
- No estar casado (salvo que se hayan iniciado trámites de separación o divorcio).
- No formar parte de una pareja de hecho.
- No pertenecer a ninguna otra unidad de convivencia.
El requisito clave: demostrar que has vivido de forma independiente
Este es el primer obstáculo con el que se topan muchos de los solicitantes. La Seguridad Social considera que una persona no pertenece a otra unidad de convivencia si durante los dos años anteriores a la solicitud vivió de forma independiente. Para los que son mayores de 30 años el plazo se reduce: basta con que el domicilio fuera distinto al de sus padres durante el año anterior.
Además, para acreditar esa independencia, es necesario demostrar que el domicilio fue diferente al de los progenitores, acogedores o cuidadores durante esos dos años previos, y que en ese periodo se estuvo dado de alta en la Seguridad Social durante al menos doce meses.
¿Cuánto dinero puedes recibir?
Para acceder al IMV también hay que acreditar una situación de vulnerabilidad económica real. El organismo lo calcula a partir del promedio mensual de ingresos del ejercicio anterior, que debe quedar al menos 10 euros por debajo de la cuantía mensual que correspondería al beneficiario.
Los límites varían según la composición de la unidad de convivencia: a mayor número de miembros o menores a cargo, mayor es la ayuda garantizada. Para una persona que vive sola, el techo es de 733,6 euros mensuales, una cifra que ha subido tras el incremento del 11,4% aplicado al IMV para 2026.
Atención: tienes una obligación urgente con Hacienda
Con la Campaña de la Renta 2025/2026 a punto de arrancar el próximo 8 de abril, más de 21 millones de contribuyentes españoles deberán regularizar su situación con el IRPF. Y los perceptores del IMV no son una excepción, sino todo lo contrario.
El artículo 36 de la Ley del Ingreso Mínimo Vital obliga a sus beneficiarios a "presentar anualmente declaración correspondiente al Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas". No se trata de una recomendación: es una exigencia legal.
Ignorarla tiene consecuencias graves. La propia ley advierte, en su artículo 17, de que "la suspensión tendrá lugar cuando las personas que tengan la condición de obligados tributarios hubieran incumplido durante dos ejercicios fiscales seguidos la obligación de presentar la declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas en las condiciones y plazos previstos". En otras palabras: dos años sin declarar y se pierde la prestación.
Si eres de los más de dos millones de beneficiarios del IMV en España, anota el 8 de abril en el calendario. La cita con Hacienda no es opcional.
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