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Conviviencia

La Ley de Propiedad Horizontal lo deja claro en Murcia: qué hacer si el perro de tu vecino no deja de ladrar

Los ladridos constantes pueden ser denunciables y la comunidad puede exigir al propietario que ponga fin a la molestia

Un perro ladra dentro de una casa

Un perro ladra dentro de una casa / Pixabay / Dahancoo

Juanjo Raja

Juanjo Raja

Cuántos problemas pueden surgir en las comunidades de propietarios. Desde luego, son el pan de cada día para mucho bloques de la Región de Murcia. Sin embargo, los ruidos ocupan el primer puesto en la lista de quejas de los residentes.

Dentro de esta molestia, hay un tipo de ruido que, si se repite frecuentemente, puede ser difícil de abordar: los ladridos incesantes de un perro que no dejen dormir a inquilinos y propietarios. Lo que muchos vecinos no saben es que la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) les ampara en estos casos, y de forma bastante concreta.

Qué dice exactamente la ley sobre los ruidos

Respecto a la adecuada utilización de los elementos comunes, el artículo 6 de la LPH permite que las comunidades aprueben sus propios estatutos para regular la convivencia y el uso de los inmuebles: "Dentro de los límites establecidos por la Ley y los estatutos, el conjunto de propietarios podrá fijar normas de régimen interior que obligarán también a todo titular mientras no sean modificadas en la forma prevista para tomar acuerdos sobre la administración".

Es decir, si en esas normas internas hay alguna referencia a ruidos, tenencia de animales o actividades molestas, esa regulación puede usarse como base legal para exigir que el propietario del animal ponga solución al problema.

No obstante, la ley vas más allá. El artículo 7.2 abre la puerta a actuar directamente contra actividades "molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas", lo que incluye sin ninguna duda los ruidos reiterados que superen lo que cualquier persona puede considerar tolerable en un edificio residencial.

Cómo debe actuar la comunidad, paso a paso

Antes de que la cosa se ponga más serie y tener que llegar a los juzgados, la ley marca un camino progresivo que conviene seguir:

  • Vía amistosa: hablar con el propietario del perro y explicarle el problema. Muchas veces es suficiente.
  • Requerimiento formal: si el ruido continúa, el presidente de la comunidad (con el respaldo de la junta de propietarios) puede enviar un escrito oficial exigiendo el cese de la molestia.
  • Acción judicial: si nada funciona, la comunidad puede llevar el caso a los tribunales. Los jueces tienen en cuenta la frecuencia e intensidad de los ladridos, si hay denuncias previas, informes acústicos y si se han incumplido normas internas o municipales.

En esta misma línea, siempre se puede recurrir a la normativa municipal sobre ruidos o a las ordenanzas de protección animal, que en muchos municipios de la Región fijan límites horarios y condiciones concretas.

El descanso es un derecho, no un favor

De acuerdo con lo expuesto, se puede concluir que ningún vecino tiene por qué resignarse a noches en vela por culpa de los ladridos de un animal ajeno. La Ley de Propiedad Horizontal existe precisamente para proteger la convivencia pacífica, y cuando el diálogo no funciona, ofrece herramientas legales reales para defender ese derecho.

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