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Salud

La Región amplía 30 días la receta electrónica para no colapsar los centros de salud ante la epidemia de gripe

Beneficiará a 60.500 pacientes con 184.976 tratamientos que caducarían entre el 16 de diciembre y el 14 de enero

Imagen de archivo de un autodispensador de medicamentos.

Imagen de archivo de un autodispensador de medicamentos. / E. P.

Juanjo Raja

Juanjo Raja

El Servicio Murciano de Salud (SMS) ha prolongado 30 días la vigencia de los tratamientos dispensados mediante receta electrónica cuya caducidad estuviera prevista entre el 16 de diciembre y el 14 de enero de 2026. Así lo indicó la Comunidad a través de una nota de prensa.

El objetivo es "facilitar el acceso de los pacientes a su medicación y evitar que tengan que desplazarse a los centros sanitarios para su renovación, sobre todo en estos días en los que se registra un aumento de la presión asistencial por el incremento de casos de gripe en la Región".

Esta actuación beneficiará a unos 60.500 pacientes con 184.497 tratamientos que caducarían en ese periodo y que ahora tendrán automáticamente ampliada la validez de sus recetas electrónicas 30 días.

Con esta medida también se libera a los médicos de Atención de Primaria de la gestión administrativa que supone la renovación de las recetas de pacientes tanto con tratamientos crónicos como a demanda, incluidos aquellos que requieren visado, y se facilita dar una respuesta más fluida a los pacientes que acuden a los centros sanitarios a causa del aumento de infecciones respiratorias agudas.

Como excepción, se excluyen de esta actuación los tratamientos con antipsicóticos depot o inyectables de administración directa, catalogados como 'Medicamentos de Alto Impacto', que se administrarán a los pacientes desde los centros sanitarios.

Sistema informatizado

La receta electrónica es un sistema informatizado que habilita la transmisión de la información de los tratamientos prescritos directamente a las oficinas de farmacia para su dispensación.

La retirada en la farmacia de los medicamentos para tratamientos agudos o la primera dispensación de tratamientos crónicos debe realizarse en un plazo de 10 días desde su prescripción. En el caso de los tratamientos crónicos, si hay una interrupción de las dispensaciones superior a 90 días, el tratamiento se bloquea y el paciente debe acudir a la consulta para que se le autorice nuevamente la dispensación.

Los tratamientos farmacológicos que requieran receta médica, incluidos los que carecen de financiación, deben prescribirse en el sistema de receta electrónica, salvo imposibilidad técnica, en cuyo caso podrán emitirse las prescripciones usando el formato de receta tradicional, como ocurre con las fórmulas magistrales o vacunas individualizadas. Igualmente, es esencial la revisión de los tratamientos crónicos de los pacientes para evitar inercias terapéuticas.

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