Laboral
Una sentencia falla a favor de los trienios del personal laboral que se hizo funcionario en la Región antes del 2021
La Administración Regional tendrá que abonar la diferencia retributiva de aquellos trabajadores que consolidaron ese plus salarial antes de adquirir la condición de empleados públicos hace cuatro años

Miembros del sindicato CSIF, durante una protesta, en una imagen de archivo / L.O.
La Administración Regional tendrá que abonar la diferencia retributiva en los trienios de aquellos trabajadores que consolidaron este plus salarial como personal laboral antes de adquirir la condición de funcionarios en 2021.
Así lo dicta un nuevo fallo judicial, que se suma a una línea jurisprudencial consolidada por el Tribunal Supremo y que reconoce expresamente el derecho del personal laboral que se funcionarizó antes del 1 de enero de 2021 a mantener las cuantías consolidadas por trienios de acuerdo con el régimen laboral previo, incluso tras adquirir la condición de funcionario.
La Administración tendrá que indemnizar a los trabajadores afectados por las diferencias retributivas dejadas de percibir por ese motivo y se ve obligada a retribuírselos conforme al Convenio, en adelante.
Desde el sindicato CSIF Región de Murcia celebran haber conseguido "una nueva sentencia estimatoria que refuerza los derechos de los trabajadores" y denuncian que la Administración "continúa resistiéndose a aplicar correctamente la normativa vigente, lo que obliga a los afectados a reclamar individualmente su derecho ante los tribunales".
"La Administración, en ocasiones, sigue obstinada en no querer reconocer el derecho a que los trabajadores que consolidaron trienios como personal laboral, previo a su funcionarización, vean retribuidos aquellos con la cuantía prevista en el Convenio y no conforme al valor fijado para los funcionarios en las distintas leyes presupuestarias (que es menor)", lamentan desde el sindicato laboral.
CSIF recuerda que este derecho solo es aplicable a quienes adquirieron la condición de funcionario antes del 1 de enero de 2021, fecha en la que entró en vigor la reforma introducida por la Ley de Presupuestos Generales del Estado para ese año en el artículo 2 de la Ley 70/1978.
Por tanto, el sindicato anima a todos los trabajadores afiliados que se encuentren en dicha situación a contactar con su delegado de CSIF para concertar una cita con la Asesoría Jurídica, si ya son afiliados, o bien con el sindicato a través del teléfono 968 204 675 para conocer las condiciones de acceso al servicio jurídico.
"Desde CSIF reafirmamos nuestro compromiso con la defensa legal y efectiva de los derechos del personal público y lamentamos que sea necesario acudir reiteradamente a los tribunales ante el incumplimiento de resoluciones judiciales claras por parte de la Administración", concluyen.
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