Tribunales
Los jueces de paz de la Región auguran más volumen de trabajo por la Ley de Eficiencia
Estos órganos radicados en los pueblos llevaron a cabo más de 26.000 asuntos y más de 250 conformidades en 35 municipios de la Comunidad murciana en 2024

Encuentro de jueces de paz que tuvo lugar hace unos meses en el municipio de Villanueva del Río Segura. / Ayto. Villanueva
Los juzgados de paz de la Región llevaron a cabo en un año un total de 26.068 asuntos, tanto de Civil como de Penal, así como 253 conformidades, según consta en la Memoria del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia correspondiente a 2024.
Cabe recordar que un juzgado de paz es un órgano unipersonal (esto es, integrado por un solo juez) que se instaura en todos aquellos pueblos donde no hay juzgado de primera instancia e instrucción, y que, por tanto, ejerce su jurisdicción en ese término municipal. En la Comunidad, lo hay en 35 localidades. Estos órganos, a priori, asumen competencias de menor importancia tanto en el orden civil como en el penal. Sin embargo, con la entrada en vigor de la nueva normativa, se da una vuelta a sus funciones.

Encuentro de jueces de paz que tuvo lugar hace unos meses en el municipio de Villanueva del Río Segura. / Ayto. Villanueva
La ley de Eficiencia de la Justicia, que entró en vigor a principios del mes de abril, transforma los juzgados de paz y los convierte en oficinas de justicia en los municipios, con las mismas competencias. Se reforzarán, con la vocación de seguir mejorando la vida de los paisanos y evitar que tengan que coger el coche o el bus para desplazarse a una ciudad a hacer papeles.
Tal y como dijo el titular del Ministerio de Justicia, Félix Bolaños, cuando presentó la normativa, la idea es que trámites judiciales que, hasta esta ley nueva, tardaban meses en resolverse, queden subsanados en apenas horas.
La polémica de las bodas
Sin embargo, la normativa contempla más cosas que afecta a los juzgados de paz: ya no son se ocupan de Registro Civil Municipal, algo que pasa a manos de las nuevas oficinas colaboradoras.
¿Qué significa esto? Que, en la práctica, el Ministerio ha despojado a estos órganos de una de sus competencias: la potestad de celebrar matrimonios civiles. Bolaños, ya hace meses, detalló que pondría en la norma algún tipo de enmienda para que esta circunstancia no afectase a los enlaces, que venían haciéndose sin coste alguno para los paisanos, puesto que, según él, su departamento no tiene «ningún inconveniente en que los juzgados de paz recuperen las competencias para celebrar matrimonios».
No obstante, como aún no lo ha hecho, desde la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), que también agrupa a las poblaciones de la Región, se revuelven y muestran sus preocupación: si el juez de paz no puede ya casarlos, están abocados a que los case el alcalde (o los concejales) o, en su defecto, a ir al notario.
Acreditar el acuerdo
A raíz de la entrada en vigor de la Ley de Eficiencia de la Justicia, los juzgados de la Región, tal y como adelantó este diario, sufrieron una avalancha de asuntos: casi 4.000 demandas civiles en una sola semana fueron presentadas por los despachos de abogados, que se dieron prisa para tenerlas listas antes de la reforma legal que cambiaba el funcionamiento de los juzgados. Hay que reseñar que la norma obliga a las partes a tratar de negociar un acuerdo en los pleitos civiles y mercantiles antes de acudir a la vía judicial. Y aquí entra en escena de nuevo el papel del juez de paz. Estos profesionales auguran un repunte en su volumen de trabajo precisamente por esta razón: en todas las demandas que lleguen a los juzgados se tendrá que acreditar que, previamente, sus impulsores han intentado llegar a un acuerdo, y una de las vías para ello es pasando por el juzgado de paz.
La ley en cuestión está recién nacida, pues no tiene ni un mes de vida, por lo que fuentes judiciales aconsejan «cautela» antes de valorar si ha llegado para bien o no.
Una docena de municipios de la Región fueron escenario, en 2024, de nombramientos de jueces de paz, tanto titulares como sustitutos. En concreto, estas localidades fueron Alcantarilla, Aledo, Águilas, Alguazas, Alhama de Murcia, Beniel, Campos del Río, Calasparra, Cehegín, La Unión, Puerto Lumbreras y Ulea.
Águilas y Cehegín
Con el listado de municipios murcianos en la mano, la cantidad de exhortos varía según el pueblo. Cabe recordar que un exhorto es la petición, en el marco de un procedimiento judicial por la cual un juez se dirige hacia otro para pedirle que ejecute un acto procesal necesario para el litigio a cargo del juez remitente. Y tiene obligaciones, pues la emite una autoridad competente.
Con las cifras en la mano, la mayoría de exhortos en el ámbito penal que se produjeron en 2024 (11.006 en total en todos los pueblos) tuvieron lugar en el municipio de Águilas: 1.061. Le sigue de cerca Cehegín, con 1.003, mientras que el bronce es para Alcantarilla, con 893.
En civil, por otro lado, Cehegín se lleva la palma con diferencia: 2.169 del total de 15.062 asuntos se llevaron a cabo en la ciudad de las Maravillas. Le sigue Águilas, con 1.690, y en tercer lugar va Torre Pacheco, con un total de 1.069, tal y como queda reflejado en la última Memoria del TSJ, presentada esta misma semana por Pasqual del Riquelme.
Dirimir pleitos sin tener que salir del pueblo
Según apunta el Poder Judicial en su página web, los jueces de paz «ofrecen un servicio relevante en materia de cooperación judicial al facilitar la comunicación de los demás órganos judiciales con los ciudadanos residentes en los municipios donde el juzgado de paz tiene su sede». Esto es, ya hacían las veces de ‘jueces’ de proximidad en estas localidades, en ocasiones muy alejadas de los juzgados que les toca, por partido judicial.
Por ejemplo, los vecinos de Calasparra pertenecen al partido judicial de Caravaca de la Cruz. Si pueden dirimir asuntos menores sin salir de su pueblo, mejor que mejor. «Los jueces de paz son elegidos por el Pleno del Ayuntamiento, entre las personas que, reuniendo las condiciones legales, así lo soliciten», detalla el Poder Judicial. Son nombrados por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia por un periodo de cuatro años. Prestan juramento ante el juez de primera Instancia e instrucción y cesan por las mismas causas que los jueces de carrera.
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