Laboral

Más de 700 empresas murcianas han de aplicar desde hoy el protocolo contra la discriminación y acoso LGTBI

Desde la Croem valoran positivamente que la norma "nazca de un acuerdo del Gobierno con las organizaciones empresariales y sindicales"

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, con un abanico con los colores del colectivo LGTBI+.

La vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, con un abanico con los colores del colectivo LGTBI+. / EFE

Jaime Ferrán

Jaime Ferrán

Un total de 729 empresas de la Región de Murcia están obligadas a aplicar desde hoy medidas para la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI, puesto que entra en vigor el decreto para implantar estos protocolos aprobado por el Consejo de Ministros el año pasado tras el acuerdo alcanzado entre el Ministerio de Trabajo y Economía Social, las organizaciones sindicales CCOO y UGT y las organizaciones empresariales CEOE y Cepyme.

Las medidas planificadas deberán incluir un protocolo frente al acoso y la violencia donde se identifiquen prácticas preventivas y mecanismos de detección y de actuación frente a él.

Estarán obligadas a contar con estas medidas las empresas que cuenten con más de 50 personas trabajadoras (más de 700 en la Región) y se aplicarán también a las personas trabajadoras cedidas por empresas de trabajo temporal durante los períodos de prestación de servicios.

El protocolo contra el acoso se aplicará tanto a las personas que trabajan en la empresa como a quienes solicitan un puesto de trabajo, al personal de puesta a disposición, proveedores, clientes y visitas, entre otros.

No solo se aplicará tanto a las personas que trabajan en la empresa, sino también a quien solicitan un puesto de trabajo, clientes y visitas

En la patronal murciana Croem valoran "positivamente que esta norma nazca de un acuerdo del Gobierno con las organizaciones empresariales y sindicales" como también que, en su aplicación, "se procure, en primer lugar, el acuerdo de empresas y trabajadores a través de los convenios colectivos y acuerdos de empresa". De este modo, "que las medidas surjan del diálogo social las dota de especial legitimidad y valor, mayor estabilidad y eficacia a lo acordado".

Además, ven positivo que se determine en el decreto un contenido mínimo que estos protocolos deben contemplar. "De este modo, se trata de especificar para este colectivo de personas medidas que garanticen el respeto del derecho fundamental de igualdad y no discriminación".

Entre los contenidos mínimos, este protocolo exige que se establezcan medidas como las cláusulas de igualdad de trato y no discriminación, con referencia expresa no solo a la orientación e identidad sexual, sino también a la expresión de género o características sexuales. También deberán ofrecer formación sobre esta materia en los departamentos de recursos humanos, estableciendo criterios claros para garantizar procesos adecuados para seleccionar a nuevos empleados.

Por otra parte, deberán elaborar criterios objetivos y con garantías de carrera profesional en igualdad de condiciones a la hora de promocionar a los trabajadores. En cuanto a los planes de formación, deberán incluir módulos específicos sobre los derechos de las personas LGTBI en el ámbito laboral, con especial incidencia en la igualdad de trato y oportunidades y en la no discriminación. Esta formación irá dirigida a toda la plantilla.

Ante una denuncia, se deberá apartar a la víctima de la persona acosadora mientras se desarrolla el procedimiento

Estos protocolos también promoverán la heterogeneidad de la plantilla y atenderán a la realidad de las familias diversas, cónyuges y parejas de hecho LGTBI, garantizando el acceso a los permisos, beneficios sociales y derechos sin discriminación alguna. Se garantizará a todas las personas trabajadoras el disfrute en condiciones de igualdad de los permisos que, en su caso, establezcan los convenios o acuerdos colectivos para la asistencia a consultas médicas o trámites legales, con especial atención a las personas trans.

Por último, se integrarán, en su caso, en el régimen disciplinario que se regule en los convenios colectivos, infracciones y sanciones por comportamientos que atenten contra la libertad sexual, la orientación e identidad sexual y la expresión de género de las personas trabajadoras.

Según la nueva norma, el protocolo de actuación frente al acoso y la violencia contra las personas LGTBI deberá ser ágil, confidencial, deberá proteger a la víctima ante posibles represalias, respetar su intimidad y conllevar medidas cautelares que aparten a la víctima de la persona acosadora mientras se desarrolla el procedimiento de actuación hasta su resolución.

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