Tribunales

Una sentencia de la Región abre la puerta a anular miles de multas por conducir sin seguro o sin la ITV

Un juez da la razón a un murciano que alegó la sanción de 800 euros tras no tener póliza obligatoria en su vehículo porque no hay convenio de la Policía Local, que la puso, y la DGT, que tiene las competencias

Alberto Molina, junto a su camper en su vivienda.

Alberto Molina, junto a su camper en su vivienda. / L.O.

Adrián González

Adrián González

Un juez de la Región de Murcia abre la puerta a anular miles de multas de tráfico impuestas por policías locales de cualquier ayuntamiento por conducir sin el seguro obligatorio o sin pasar la ITV

Esta posibilidad se da tras la sentencia dictada por el magistrado Montalbán Losada del juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 5 de Murcia, quien ha estimado el recurso de Alberto Molina, un vecino de la pedanía murciana de El Puntal que fue sancionado por la Policía Local de Murcia por tener su furgoneta estacionada dentro de su vivienda, en una zona de huerta y en un lugar cerrado, pero sin el correspondiente seguro obligatorio para el vehículo.

Los agentes locales, en febrero de este año, multaban al propietario del vehículo con 800 euros y con el depósito del vehículo por plazo de un mes: todo ello se recogía en un boletín de la propia DGT firmado por la Policía Local.

Alberto Molina, el vecino de El Puntal afectado, recurrió la multa alegando que solo contrataba un seguro cada vez que decidía mover el vehículo y que "no existe convenio entre la Administración del Estado y el Ayuntamiento de Murcia para que la Policía Local utilice los formularios de la DGT" para requerir la oportuna documentación, por lo que entendía que el expediente era "nulo de pleno derecho".

Por su parte, la Policía Local de Murcia respondió al afectado en un escrito asegurando que la Jefatura Provincial de Tráfico de Murcia hacía entrega a los agentes de sus propios boletines de denuncia. Tras esto, la multa llegó a los tribunales, donde finalmente el recurso del vecino ha sido estimado por el juez.

Finalmente en la sentencia, a la que ha tenido acceso esta Redacción, se señala que la sanción queda anulada al demostrarse que no existe convenio de la Policía Local y la Dirección General de Tráfico (DGT) para que las administraciones locales -a través de las policías- puedan realizarlas, ya que las competencias son de la propia DGT.

El letrado encargado de la defensa del vecino de Murcia es Francisco Valdés, quien ha explicado a La Opinión que "gracias a esta sentencia y al estudio realizado por el juez Montalbán se va a revisar la cooperación interadministrativa entre la DGT y los municipios, obligando a la firma de un convenio. El ciudadano tiene que cumplir las normas pero la Administración ha de hacer lo propio", ha explicado. "Ganarle a la Administración no es difícil, si se sabe cómo recurrir", concluye.

Por su parte, Alberto Molina explica que "lo que estaba pasando era desproporcionado". "Estaba muy indignado, porque la furgoneta estaba llena de polvo y con las ruedas desinfladas porque no se utilizaba. Los policías me decían que era vía pública, a pesar de que no lo era". 

Por último, el afectado apunta a que la sentencia es "muy satisfactoria porque se ha descubierto ese 'error' en la legislación y en la coordinación interadministrativa", dice.