El SMS indemnizará a la familia de un paciente que falleció tras ocho llamadas a Urgencias

La Administración les abonará 74.000 euros porque la ambulancia tardó dos horas en llegar al domicilio

Centro de salud de Mazarrón.

Centro de salud de Mazarrón. / L. O.

Ana García

Ana García

El Servicio Murciano de Salud (SMS) indemnizará a la familia de un paciente del municipio murciano de Mazarrón por el retraso en la atención urgente que éste requería y por la que finalmente terminó falleciendo. Los familiares del enfermo llegaron a realizar hasta ocho llamadas solicitando una ambulancia urgente, ya que el afectado presentaba problemas para respirar y tenía un pulso muy débil, pero el vehículo de emergencias tardó casi dos horas en presentarse en el domicilio del paciente, cuando éste ya presentaba una parada cardiorrespiratoria.

El caso ha sido llevado por el abogado de la Asociación Defensor del Paciente en la Región de Murcia, Ignacio Martínez, quien informa de que el SMS dictó una resolución administrativa el pasado mes de noviembre por la que se estima parcialmente la reclamación de los dos hijos de Y.J.G. y se acuerda indemnizarlos en 74.000 euros porque la muerte de éste, ya que fue consecuencia de un retraso en la asistencia de urgencias.

Según relatan desde el Defensor del Paciente, fue el 21 de septiembre de 2020 cuando los familiares de Y.J.G, un hombre de 52 años de edad y con múltiples patologías de base, solicitaron desde la localidad murciana de Mazarrón asistencia urgente al 112 por encontrarse mal y con dificultad respiratoria. La primera llamada se produjo a las 12.31 horas y casi una hora después, a las 13.24 horas, volvieron a llamar al Centro de Coordinación de Emergencias al no haber llegado la ambulacia y se refirió de nuevo que el enfermo presentaba insuficiencia respiratoria y se denunció la demora. A las 13.56 horas hubo una nueva llamada refiriendo que el paciente estaba "cada vez está peor y apenas respira". La ambulancia seguía sin llegar, y ante la situación desesperada los familiares llamaron las 14.01 horas al Centro de Salud de Mazarrón, al encontrarse muy próximo, alertando de la emergencia médica, explicando que el paciente estaba con pulso y respiración muy débiles, casi inexistentes, y solicitando una asistencia inmediata. Le informaron de que no cabía otra alternativa que esperar la llegada de una ambulancia. A las 14.02 horas se efectuó otra llamada al 112 alertando de que el paciente estaba con ausencia de pulso y falta de respuesta a estímulos. El médico les comentó que la ambulancia “iba de camino”. A las 14.07 horas, ya en situación crítica del paciente, se efectuó una nueva llamada al Centro de Salud de Mazarrón "implorando" una asistencia sanitaria o ambulancia, pero la respuesta fue la misma: debían esperar la llegada de la ambulancia que provenía de Cartagena. A las 14.08 y a las 14.14 horas hubo dos llamadas más al 112 explicando la ausencia de pulso y de respuesta a estímulos: Se le comunicó que la ambulancia “estaba llegando”. A las 14.17, casi dos horas después, llegó la ambulancia, ya con parada cardiorrespiratoria. Se trasladó al paciente al Hospital Santa Lucía en Cartagena, donde a pesar de llegar vivo no se pudo evitar su muerte.

La familia acudió a la Asociación el Defensor del Paciente, que derivó el caso al letrado Ignacio Martínez. "Tras solicitarse para el estudio del mismo los audios de las llamadas de urgencias, se pudo comprobar que no solo estábamos técnicamente ante una desastrosa gestión de una emergencia médica para salvar la vida de una persona, sino que dichos audios reflejaban una respuesta fría, burocrática e inhumana a las reiteradas imploraciones dramáticas que durante horas los familiares del fallecido hicieron para que acudiera algún médico a asistir a quien se moría poco a poco por no poder respirar", explica Ignacio Martínez, quien insiste en que ni siquiera se contempló que acudiera un facultativo del Centro de Salud que estaba pegado al lugar de los hechos.

Reclamación patrimonial

Por ello se interpuso reclamación patrimonial y posterior demanda en procedimiento contencioso administrativo. Y a pesar de que la inspección médica reconoció error en la asignación del recurso y cierto retraso injustificado, la defensa tanto de la Consejería de Sanidad como de su aseguradora en juicio rechazaron su responsabilidad con argumentos como que el paciente estaba ya muy mal de base, y que además la culpa fue de no haber llamado antes la familia al 112, indican desde la Asociación.

En fase de conclusiones del procedimiento judicial, y antes de que se dicte sentencia, la resolución del SMS reconoce parcialmente el error. A pesar de ello los hijos del fallecido continuarán el pleito hasta que se dicte sentencia y les reconozca toda la indemnización solicitada, más intereses y costas.

La familia ha decidido hacer público el caso para "contribuir a que, en lo posible, hechos tan vergonzosos no vuelvan a ocurrir". Con ocasión de este caso la presidenta de la Asociación el Defensor del Paciente Carmen Flores recuerda la suma importancia de que los servicios de urgencias se dejen en manos de personal cualificado, que no solo actúen conforme a protocolo, sino también a sentido común.