La Opinión de Murcia

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Administración

La Comunidad cambiará el decreto que impide a personas con VIH ser policías locales

La norma que se va a modificar se redactó hace más de 30 años y cierra la puerta del Cuerpo a aspirantes que padezcan varices, hipertensión y diabetes

Policía Local celebra los actos de su patrón, San Patricio, en Belluga. Juan Carlos Caval

El decreto que establece los criterios para ser policía local en cualquier municipio de la Región de Murcia data de 1990 y prohíbe a personas con diabetes, varices, VIH, epilepsia y psoriasis, entre otras dolencias, ser miembro del cuerpo. Este documento se redactó hace 32 años y depende de la Comunidad el actualizarlo, como demandan diferentes asociaciones policiales y agentes consultados por esta redacción. 

No obstante, la norma está a punto de pasar a la historia. Desde la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca, Medio Ambiente y Emergencias indicaron a este periódico que está «sobre la mesa» el modificar el decreto para «adaptarla a la normativa nacional». 

Sin embargo, no existe una unidad de criterios en España respecto a las Policías Locales y en cada autonomía es diferente (en la Comunidad Valenciana y Aragón, por ejemplo, los diabéticos sí pueden ser agentes). En este sentido, desde la Consejería precisaron que la norma se adaptará basándose en los requisitos que se piden para ser guardia civil o policía nacional. Insistieron en que el asunto «lo están abordando» con el fin de «modificar la relación de impedimentos». A la pregunta de cuándo se abordará la reforma, el Gobierno autonómico no dio fechas, pero admitió que se trata de un proceso largo

"El decreto es del año 90, está desfasado, habría que darle una vuelta y ver qué invalida y qué no"

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Esta misma semana, el Ayuntamiento de Murcia aprobaba por unanimidad una moción para instar al Ejecutivo regional «a que actualice el cuadro de exclusiones médicas que rigen para distintas categorías de los cuerpos de la Policía Local de la Región de Murcia, de acuerdo con lo dispuesto en el Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018, adaptándolos a la evidencia científica actual, valorando siempre la situación clínica del aspirante y no solo el diagnóstico de forma que no puedan ser causas de exclusión médicas enfermedades como VIH, diabetes, celiaquía y psoriasis».

Fuera si tienen jaquecas

Y no solo esas dolencias. En el decreto 82/1990 de 16 de octubre, aún en vigor, se considera ‘exclusión definitiva’ el tener una úlcera gastro-duodenal, hipertensión arterial de cualquier causa, varices, asma bronquial, epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, psoriasis, eczemas, cicatrices que produzcan limitación funcional, diabetes, enfermedades de transmisión sexual, psicosis «y cualquier otro proceso patológico que limite o incapacite para el ejercicio de la función policial». 

Tiene claro el Pleno de Murcia que este texto «sin duda supone un claro ejemplo de discriminación y de injusticia social». 

Antonio Jesús Álvarez Rex, coordinador de Policía en el SIME en Murcia

Antonio Jesús Álvarez Rex, coordinador de Policía en el SIME en Murcia L.O.

Antonio Jesús Álvarez Rex, coordinador de Policía en el SIME en Murcia, es partidario de que en la normativa sigan constando únicamente «las que sean limitaciones que afecten a la funcionalidad del trabajo. Todas aquellas que no, no deberían constar». Comenta que «es verdad que hace unos años estaba el tema de la estatura, y ya se ha cambiado; el tema de la edad, lo mismo». 

En su opinión, en el decreto no han de contemplarse aquellas dolencias «que no supongan una limitación funcional». Por ejemplo, «si una persona tiene VIH, no hay peligro o contagio y puede hacer vida normal, es una persona totalmente apta para ser policía», remarca. Sí entiende que aún se enumeren «las que sean limitaciones funcionales para el puesto de trabajo, pero de manera objetiva». 

Miguel Alcaraz, coordinador regional de Administración Local de Comisiones Obreras en la Región de Murcia, pone el acento en que «estamos hablando de un cuadro de exclusiones médicas del año 1990». En el año 2022 «la medicina ha avanzando muchísimo y, para lo que antes era invalidante para un puesto de trabajo, ahora hay tratamiento», subraya. 

"Hace unos años estaba el tema de la estatura, y ya se ha cambiado; con el tema de la edad, lo mismo"

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A su juicio, urge «reformar ese cuadro a nivel general», con el objetivo de establece «qué invalida para el puesto de trabajo y qué no». Recuerda Alcaraz que «en la Policía Nacional hubo un cuadro de exclusiones médicas, una de las cuales era llevar lentes intraoculares». A este respecto, precisa que «salió una sentencia del Tribunal Supremo que establece que no podían excluir» a un agente por esta característica. 

Miguel Alcaraz, coordinador regional de Administración Local de Comisiones Obreras R.D.C.

El sindicalista y policía destaca que «con la diabetes o la psoriasis, es solo imagen, no son unas enfermedades que se transmitan». 

En el punto 4.3.5 se establece que se puede excluir a un aspirante por padecer jaquecas. «¿Jaquecas? ¿Cómo tú puedes excluir a alguien por jaquecas? El decreto es del año 90, está desfasado, habría que darle una vuelta», sentencia.

LAS EXCLUSIONES PARA SER POLICÍA LOCAL

Aparato locomotor

Alteraciones del aparato locomotor que puedan agravarse con el desempeño del puesto de trabajo (patología ósea de extremidades, retracciones o limitaciones funcionales de causa muscular o articular, de defectos de columna vertebral y otros procesos óseos, musculares y articulares)

Aparato digestivo

Úlcera gastro-duodenal y cualquier otro proceso digestivo que dificulte el desempeño del puesto de trabajo.

Aparato cardiovascular

Hipertensión arterial de cualquier causa no debiendo sobrepasar las cifras en reposo los 145 mm/Hg., en presión sistólica, y los 90 mm/Hg., en presión diastólica, varices o insuficiencia venosa periférica.

Aparato respiratorio

El asma bronquial, la broncopatía crónica obstructiva, el neumotórax espontáneo (en más de una ocasión), la tuberculosis pulmonar activa y otros procesos que dificulten la función policial.

Sistema nervioso

Epilepsia, depresión, jaquecas, temblor de cualquier causa, alcoholismo, toxicomanías.

Piel y faneras

Psoriasis, eczemas, cicatrices que produzcan limitación funcional.

Sentidos

Agudeza auditiva que suponga una pérdida entre 1.000 y 3.000 hertzios a 35 decibelios o de 4.000 hertzios a 45 decibelios. Desprendimiento de retina. Estrabismo.

Otros procesos

Diabetes, enfermedades transmisibles en actividad, enfermedades de transmisión sexual, enfermedades inmunológicas sistemáticas, intoxicaciones crónicas, hemopatías graves, malformaciones congénitas, psicosis.

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