La Entidad Asociativa Prioritaria es una de los instrumentos previstos en la ley de fomento de la integración de cooperativas agroalimentarias para lograr la mejora de estructuración de la oferta y la integración cooperativa y aumentar con ello la competitividad de estas empresas.

Así, con esta medida, el Gobierno pretende el impulso y fomento de la integración cooperativa y asociativa, para favorecer además el redimensionamiento, la modernización y la internacionalización de empresas como las cooperativas agroalimentarias, contribuyendo con ello a la mejora de la renta de los productores agrarios.

Pueden ser reconocidas como EAP todas las Cooperativas Agroalimentarias, grupos cooperativos, Sociedades Agrarias de Transformación que cumplan las condiciones establecidas, pudiendo recibir este reconocimiento por tres vías. La primera es un reconocimiento específico o sectorial para un producto agropecuario, industrial o suministro cuyo volumen de facturación se encuentre entre lo indicado en la ley.

Las cooperativas que cumplan estos requisitos cuentan con ventajas en la concesión de subvenciones destinadas a mejorar la comercialización Suarez Miranda, Oscar

Asimismo, se puede obtener un reconocimiento genérico o multisectorial y, por último, para integraciones verticales, siempre que como en el primer caso, se cumplan los volúmenes de facturación establecidos.

La normativa también indica que en el caso de que la entidad solicitante sea una sociedad cooperativa agroalimentaria de primer grado, el porcentaje y valor de facturación referido en los volúmenes de facturación se reduce en un 30%.

Requisitos para ser EAP

El reconocimiento se puede obtener cumpliendo requisitos como tener carácter supra autonómico, realizar una comercialización conjunta de la totalidad de la producción, hacer entrega de la totalidad de la producción pro parte de los productores, contar con un volumen anual mínimo de facturación y tener implantado un control democrático en el funcionamiento y toma de decisiones de la empresa.

Si se cumplen todos estos aspectos y es concedido este reconocimiento, la cooperativa agroalimentaria puede inscribirse en el registro nacional de Entidades Asociativas Prioritarias, un organismo de carácter administrativo y unitario para todo el territorio del Estado que depende del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente y está adscrito a la Dirección General de la Industria Alimentaria.

Las entidades asociativas reconocidas como prioritarias podrán tener preferencia, de acuerdo con la normativa específica contenida en las bases reguladoras de cada convocatoria, en la concesión de subvenciones y ayudas en materia de inversiones materiales o inmateriales destinadas a mejorar los procedimientos de gestión y comercialización.

Asimismo, contarán con preferencia en el acceso a actividades formativas y de cooperación en materia de internacionalización, promoción y I+D+i, así como en el acceso a las líneas ICO de financiación preferente y en las actuaciones contempladas en los Programas de Desarrollo Rural, a favor de la competitividad, la transformación y la comercialización. En el caso de las cooperativas de Fecoam, Alimer es la única que cuenta con el reconocimiento de Entidad Asociativa Prioritaria por sus volúmenes de producción de leche de cabra.