Un paciente que sufre la pérdida de visión de un ojo debido a la demora con que se llevó a cabo la extracción de los restos que le quedaban tras la ruptura de la cláusula del cristalino durante una operación de cataratas recibirá una indemnización de 52.700 euros.

Así se recoge en el dictamen emitido por el Consejo Jurídico de la Región de Murcia (CJRM) que avala el acuerdo alcanzado en ese sentido por el paciente y el Servicio Murciano de Salud (SMS).

El informe declara que se ha probado la existencia de una relación de causalidad entre el daño por que el que se reclamó y el anormal funcionamiento de los servicios públicos, por lo que la administración debe afrontar sus consecuencias por la vía de la responsabilidad patrimonial.

Dice ese órgano consultivo de la administración que la ruptura de la cápsula del cristalino es una complicación típica de la operación de cataratas, y ese riesgo se contiene en el consentimiento informado.

Pero, al mismo tiempo, señala que existió un retraso en la realización de la vitrectomía dirigida a la extracción de los restos del cristalino, que no se llevó hasta pasados 17 días, cuando lo indicado es que no se supere la semana.

El informe indica que la operación de cataratas fue practicada en un centro médico concertado de Lorca.