La Opinión de Murcia

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Medio Ambiente

La Audiencia Nacional avala el recorte al Trasvase por el mal estado del Mar Menor

El alto tribunal considera que la decisión que tomó el Ministerio en 2020 de enviar menos agua al regadío del Levante debido a la contaminación por nitratos de la laguna y el acuífero «se encuentra debidamente justificada»

Dos tractores labran la tierra en fincas próximas al Mar Menor. iván urquízar

La Audiencia Nacional considera que el mal estado ecológico del Mar Menor justifica los recortes de agua destinada al regadío que llega por el Trasvase Tajo-Segura. El alto tribunal español ha desestimado el recurso contencioso-administrativo que el Gobierno regional presentó contra la decisión del Ministerio para la Transición Ecológica de reducir el caudal enviado a la cuenca del Levante en febrero de 2020. Además, la Audiencia condena a la Comunidad a pagar las costas del proceso judicial. En total, ese mes la ministra Teresa Ribera aprobó un envío de 16,2 hectómetros cúbicos por el acueducto cuando el máximo que se podía trasvasar era de 20 hm3, ya que el sistema de explotación de los embalses de cabecera del Tajo se encontraba en nivel 3, es decir, en situación hidrológica excepcional.

Ribera redujo la cantidad de agua para el regadío unos 3,8 hm3 alegando que debía rebajarse las aportaciones de contaminantes agrarios desde el Campo de Cartagena, cuyos regantes dependen en parte del agua del Trasvase, al Mar Menor. Al encontrarse el sistema de explotación del acueducto en una situación excepcional, debido a que la suma del volumen almacenado en Entrepeñas y Buendía era inferior a 597 hm3 (el tope para el mes de febrero), los técnicos del Ministerio dieron el visto bueno al trasvase máximo permitido, pero las reglas de explotación del acueducto permiten a la Administración central rebajar esa cantidad si hay razones para ello.

LAS CLAVES

Sin agua por el acueducto por el deterioro de la laguna

El Ministerio dejó a 0 el agua para el regadío que iría en el Trasvase de diciembre de 2019 por la contaminación del Mar Menor. Al mes siguiente alegó que los nuevos informes de Tragsa reflejaban «una descarga de agua subterránea (al Mar Menor) de entre 5 y 13 hm3/año con conductividades muy elevadas y altísimas concentraciones de nitratos». Las 10.000 hectáreas de regadío ilegal, que organizaciones como Ecologistas en Acción venían denunciando desde hace más de dos décadas y por la que llevaron documentación a la Fiscalía en el marco del caso Topillo, es otra razón empleada. 

Hasta 22.000 millones el coste del regadío sin agua

Los argumentos del Ministerio fueron muy polémicos ya que el golpe iba repartido entre los regantes de Murcia, Alicante y Almería. Aquellos alejados del Mar Menor no entendieron por qué se les castigaba y el Scrats cifró en 22.000 millones de euros el valor patrimonial de las hectáreas de regadío que se debajan sin agua.


Entre otros motivos, el Ministerio argumentó que el decreto -ley de protección del Mar Menor que sacó adelante el Gobierno regional en diciembre de 2019 (previo a la Ley aprobada en la Asamblea en julio de 2020) reconoce «el grave deterioro» de la laguna y aprueba una serie de medidas ante «la necesidad de reducir la aportación subterránea al Mar Menor y la contaminación por nitratos que genera el regadío en el acuífero cuaternario». Transición Ecológica mencionó como factores a destacar las 10.000 hectáreas de regadío ilegal que operan en la cuenca (tiempo después se redujo la cifra a 8.460 hectáreas), y que se había prohibido la fertilización de los cultivos en los primeros 500 metros de la línea de costa (en la Ley terminó aprobándose una franja libre de nitratos de 1.500 metros).

En la sentencia de la Audiencia Nacional, a la que ha tenido acceso este periódico, los magistrados señalan que la decisión que tomó el Ministerio «se encuentra debidamente justificada» y «no genera ningún tipo de indefensión» a la Comunidad o a los regantes. El Ejecutivo murciano alegó que hubo «arbitrariedad» en el proceso, que se aprobó una resolución sin criterio y que no se tuvo en cuenta la propuesta de los técnicos de autorizar un trasvase máximo.

Ahora, el fallo de la sección primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia abre la puerta a que el Ministerio continúe recortando el Trasvase cuando se lo permitan las reglas de explotación alegando el estado de la laguna.

Unos meses calientes

El recorte de febrero por este motivo no fue el único, ya que el Ministerio utilizó los mismos argumentos en diciembre de 2019 y enero de 2020 para recortar el Trasvase. Sin embargo, aunque empezó a emplear esta cuestión el último mes de 2019, el Ministerio decidió dejar sin agua al regadío tanto en noviembre y diciembre con argumentos diferentes y solo autorizó 7,5 hm3 para beber.

Esta decisión del Ministerio levantó los ánimos de los regantes, en concreto del Sindicato Central de Regantes, que preparó movilizaciones y amenazó incluso con dejar de pagar la tasa de mantenimiento del Trasvase (un millón al año) si no recibían los aportes al regadío. Las confederaciones de cuenca ya habían comenzado a preparar los futuros planes hidrológicos hasta 2027 y en el horizonte ya asomaba el posible recorte al acueducto por los caudales ecológicos del Tajo.

El Gobierno regional puede recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, pero hasta ahora los tribunales han rechazado los recursos contra los recortes que se han aprobado al Trasvase Tajo-Segura.

La Comunidad vio en la decisión «un objetivo político»

La Comunidad de Murcia alegó en su recurso que no había motivación en la decisión adoptada, «sino una mera enumeración de diversas circunstancias y datos aislados y variopintos, algunos incluso contradictorios con el objetivo que persiguen» desde el Ministerio. Añadieron que hubo «una interpretación incorrecta y un uso espurio de la regla para alcanzar el objetivo político de reducción de los trasvases, tomando como caso concreto la supresión de aguas para riego en el campo de Cartagena».

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