La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia ratificó ayer que los restaurantes que exijan el certificado covid puedan tener una ocupación en el interior del 75% de su capacidad, y calificó esta medida impuesta por el Gobierno murciano de «idónea, adecuada y proporcionada» ante los datos que evidencian un mayor nivel de transmisión del virus.

La medida estará vigente hasta el próximo 4 de febrero. El TJS informó de que los negocios hosteleros y ocio nocturno que opten por ampliar su aforo al 75% deberán estar obligados a exigir a todos los usuarios mayores de 12 años para el acceso al interior de los locales la presentación de un certificado emitido por el servicio público de salud o, en su caso, por centro oficial autorizado.