La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha acordado recurrir por la vía contencioso-administrativa la orden del Gobierno regional que regular el transporte público discrecional de personas mediante el arrendamiento de vehículos con conductor (VTC) por suponer una "severa restricción" a la competencia.

En un comunicado, la CNMC ha recordado que envió el pasado mes de julio al Gobierno regional un requerimiento previo para que derogara o modificara los artículos 3, 5 y 8 de la orden, publicada en mayo de este año, con el fin de evitar recurrir a la vía judicial, pero el ejecutivo autonómico rechazó esta petición.

Para la CNMC, los artículos 3 y 5 incluyen requisitos que suponen obstáculos injustificados para la prestación de servicios de transporte VTC, mientras que a los taxis no están sujetos a estas condiciones.

Así, el artículo 3 obliga a precontratar los servicios (VTC) con una antelación mínima de quince minutos a su efectiva prestación, con la excepción de aquellos que deban prestarse de forma inmediata como consecuencia de urgencias, emergencias y asistencia en carretera.

Mientras, el artículo 5 prohíbe la geolocalización de los vehículos antes de su contratación y el estacionamiento de VTC en la vía pública. Además, establece la obligación de que, cuando los vehículos estén fuera de servicio, permanezcan estacionados en lugares distintos a las vías públicas (bases, aparcamientos o garajes públicos o privados).

Requisitos "desproporcionados"

El lapso temporal de quince minutos y la prohibición de geolocalización son, para la CNMC, requisitos desproporcionados que reducen la competencia en el mercado global de taxis y VTC y perjudican a los usuarios finales.

Por su parte, la prohibición de que los vehículos estacionen en vía pública incrementa los costes de operación de los VTC reduce su capacidad de competir eficazmente y, en última instancia, afecta negativamente a los usuarios finales, según este órgano regulador.

Por último, el artículo 8 obliga a los titulares de autorizaciones de VTC a poner a disposición de la consejería de Fomento e Infraestructuras el listado de precios de sus servicios. Además, establece que deben ser públicos por razones de defensa de los derechos de los usuarios.

La CNMC considera que publicar los precios de cada operador o los algoritmos que los fijan reduce la competencia entre las empresas, y, de nuevo, perjudica a los usuarios.

Además, los clientes de VTC ya tienen derecho a conocer y comparar los precios del servicio antes de contratarlos, sin necesidad de que se publiquen listados de precios o los mecanismos utilizados para fijarlos.