Los juzgados con competencia en materia de familia de la Región de Murcia registraron 938 demandas de disolución matrimonial entre marzo y junio de este año, un 23,58 % más que en el mismo periodo de 2020. Un incremento que se explica por la disminución de demandas durante los primeros meses de la crisis sanitaria y que sitúa el volumen de entrada a niveles similares a los registrados en el mismo periodo de 2019, previo a la pandemia, tal y como indicaron esta semana fuentes del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Murcia.

En los últimos tiempos, según detectan abogados de Familia de la Región, ha cambiado algo: las nuevas causas de litigio durante el proceso. Por ejemplo, quién se queda con el perro o el gato de la familia preocupa y mucho a ambos cónyuges. Y luego está el tema de la covid: la disputa surge cuando hay niños de por medio y uno de los progenitores es partidario de vacunarlo, mientras que el otro prefiere que no.

«Los divorcios suelen ser a veces muy conflictivos. Es verdad que hay parejas que sufren ese trance con serenidad, y en esos casos cualquier acuerdo es más sencillo. Sin embargo cuando el nivel de conflictividad es muy elevado, todo es motivo de conflicto». Así se expresa la letrada murciana Elena Pajares, que detalla que «la pandemia ha generado unos conflictos nuevos, inauditos, como son los ambientes que frecuentan los menores, más propensos a un contagio de covid, o la exigencia o relajación de medidas preventivas (como mascarillas distancia social) que se viven con uno u otro progenitor».

«En cualquier caso, todos esos conflictos, aunque sean graves, al lado de atribución de custodia o de fijación de pensión de alimentos, no dejan de ser conflictos menores y muy puntuales, que se resuelven acudiendo a la Ley de Jurisdicción Voluntaria», comenta la letrada, que recuerda que «esa misma ley era la que dirimía los conflictos cuando, por ejemplo, uno de los progenitores quería que el menor hiciese la comunión, y el otro se negaba».

Pajares resalta que «en esos casos es el juez quien determinaba qué hacer, según las costumbres del menor, el arraigo de esas costumbres religiosas y la motivación del propio menor, que va a ser oído siempre que tenga 12 o más años, o bien sus características personales le permitan ser entrevistado por el juez (en lenguaje procesal hablamos de exploración del menor)».

«En los casos de conflictos pos pandémicos se resuelven de igual manera», hace hincapié.

Hernández Benavente, en su despacho de Murcia. R.D.C.

Acerca del tema de la vacunación, «tuve un caso en el que mi cliente, tras dos años divorciada quería vacunar al hijo, y el exmarido era antivacunas, teniendo que decidir el juez que era lo mas ventajoso para el menor», apunta el letrado murciano José Manuel Hernández Benavente.

La covid, asimismo, marca las pensiones. «He tenido numerosos casos en donde el padre (progenitor no custodio), obligado al pago de la pensión de alimentos a favor de su hijo, ha solicitado al juez que se la baje, pues lo han despedido o ha tenido que cerrar su negocio», precisa el abogado, que apostilla que «dichas causas, si se encuentran debidamente justificadas, son aceptadas en su mayoría por jueces y fiscales».

Los juzgados de Familia de la Región registraron 938 demandas de disolución matrimonial entre marzo y junio

«En un principio, la ausencia de capacidad económica paralizó los divorcios», recuerda el letrado José Antonio López Jiménez. Ahora, al volver, «se debaten cuestiones que antes no existían, como vacunar o no a los hijos contra la covid».

José Antonio López Jiménez, abogado. R.D.C.

«Dicha cuestión atañe a quien ejerza la patria potestad de los menores, que como regla general y salvo excepciones es compartida por ambos progenitores, independientemente de quien tenga atribuida la guarda y custodia», precisa, y añade que «por ello debe ser una cuestión consensuada por los padres, que en caso de discrepancia, deberán acudir a los juzgados para dirimir dicha cuestión, para ello se están interponiendo demandas de jurisdicción voluntaria».

Régimen de visitas y una pensión para el perro

Manifiesta el abogado murciano José Manuel Hernández Benavente que «cada vez hay más juzgados que se postulan respecto de la custodia compartida respecto de los animales domésticos habidos en el matrimonio o pareja; de hecho, el 27 de mayo de 2019, un Juzgado de Primera Instancia de Valladolid determinó la custodia compartida para un caso de divorcio».

«Actualmente en la Región de Murcia le otorgan ‘la custodia’ al cónyuge que tiene inscrito al animal en los registros oficiales, documentación identificativa o chip», manifiesta el letrado, que pone el acento en que «hay que tener en cuenta que existe un proyecto de ley que reformará el Código Civil por el que las mascotas pasarán de ser ‘cosas’ a ‘personas que sienten’ teniendo el juez de Familia que decidir a quién atribuir la custodia».

Las mascotas eran ‘bienes muebles que se mueven’: si se embargaba una casa, se embargaba el gato, en el caso de estar dentro

Y no solo eso: también ha de determinar, si es que los antaño cónyuges no se ponen de acuerdo, «qué régimen de visitas establecer al cónyuge no custodio, ayudas a soporte de los gastos del animal, ‘pensión de alimentos’, etcétera, como si fuere un hijo menor», dice este profesional.

Hasta ahora los animales eran considerados civilmente como ‘bienes muebles que se mueven’. Por tanto, cuando se embargaba una casa, por ejemplo, si un gato estaba dentro, se podían embargar también. Ahora, con una sociedad cada vez más concienciada y animalista, hay un concepto que está por encima de todo eso, que es el interés de la mascota, su bienestar. Este es un concepto equiparable al interés del menor. Atañe a todos los animales de compañía, es decir, a todos los que estén bajo el cuidado del ser humano.