Los tribunales murcianos han tramitado 104.550 procedimientos de disolución matrimonial, tanto consensuados como no consensuados, y 82 de nulidad, desde la aprobación de la primera Ley del divorcio en España en 1981 y hasta 2020, según informó el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Por tipo de procedimiento, en la Región se han registrado, a lo largo de los últimos 40 años, un total de 14.797 separaciones no consensuadas; 17.716 consensuadas; 33.836 divorcios contenciosos; 38.201 divorcios de mutuo acuerdo y 82 nulidades. De este modo, se han contabilizado 84,8 disoluciones por cada 1.000 habitantes en la comunidad murciana, frente al 86,8 de la media nacional.

Desde 1939 hasta 1981, la única disolución posible del matrimonio era la muerte o declaración de fallecimiento o la nulidad (canónica en la mayoría de los casos), que no es propiamente una disolución sino la desaparición del vínculo matrimonial con efectos retroactivos.

Fue la entrada en vigor de la Ley 30/1981, de 7 de julio, la que volvió a permitir en España el divorcio como causa de disolución del matrimonio mediante la modificación del Código Civil.

Con posterioridad, hubo otros dos hitos legales: la Ley 15/2005, de 8 de julio, que eliminó la separación como requisito previo indispensable para la obtención de una sentencia de divorcio y fijó, tanto para separaciones como para divorcios, un plazo de tres meses desde la celebración del matrimonio para poder presentar la demanda, en la que ya no debía especificarse la causa. Esta ley estableció también que no sería necesario el transcurso del plazo de tres meses en caso de riesgo para la vida, la integridad física o moral y para la libertad e indemnidad sexual del cónyuge demandante o de los hijos.

Finalmente, la Ley 15/2015, de 2 de julio, de Jurisdicción Voluntaria previó la tramitación de determinados procesos de separación y divorcio ante notario. Los datos ponen de manifiesto cómo, a partir de 1983 y hasta 2005, el número de separaciones en España superó al de divorcios en cada ejercicio. La aprobación de la Ley 5/2005 invirtió la situación y, al simplificarse los trámites del proceso de divorcio, desde 2006 las separaciones se convirtieron en un procedimiento residual.

De las 82.340 separaciones de 2004 se pasó a 55.640 de 2005 y a las 14.158 de 2006. En esos mismos años, los divorcios pasaron de 52.591 en 2004 a 93.615 en 2005 y a 141.317 en 2006. Además, entre 1981 y 1995, separaciones y divorcios eran en su mayoría procesos contenciosos. Desde 1995 para las separaciones y desde 1999 para los divorcios, las disoluciones matrimoniales de mutuo acuerdo tendieron a ser predominantes.