Un hombre murió y otros ocho resultaron heridos, de distinta consideración, en Murcia al estrellarse con la furgoneta en la que viajaban en la A- 7, una de las vías con mayor siniestralidad de la Región. El accidente tuvo lugar en el kilómetro 576,00 de la A-7, en sentido Murcia, y en el mismo no se vio implicado ningún otro vehículo. Consistió en una salida de vía de la furgoneta, que se estrelló contra la mediana y a continuación volcó por un terraplén.

Este accidente mortal tuvo lugar en octubre de 2016, fue archivado en los tribunales en 2020 y ahora la Audiencia Provincial, al estimar el recurso de dos de los supervivientes y también de la Fiscalía, ha ordenado que se reabra la investigación del caso.

Los supervivientes quieren sentar en el banquillo, por un delito de homicidio imprudente y otro de lesiones, al encargado de la cuadrilla.

El Juzgado de Instrucción Nº 7 de Murcia archivó la causa porque no apreció «indicios de criminalidad» ni en el encargado de la cuadrilla ni en el hombre que le vendió la furgoneta, un vehículo que había pasado la ITV en agosto, y el accidente fue dos meses después, en octubre. «De ahí que, en lo que se refiere al estado del vehículo, no se pueda exigir responsabilidad penal a estas personas y en lo que se refiere a la estricta aplicación del delito contra la seguridad de los trabajadores, no considera este instructor que los mismos hayan tenido participación en el, y todo ello sin perjuicio que las acciones que en vía civil puedan corresponder a los perjudicados», detallaba el juez, al dar carpetazo a la causa.

Al tener conocimiento del archivo, el Ministerio Público reaccionó y subrayó que «los hechos serían constitutivos de un delito de homicidio y otros tantos de lesiones por imprudencia grave, de los que sería responsable el investigado al facilitar, para el traslado de unos trabajadores, un vehículo por él adquirido que no cumplía las mínimas garantías de seguridad, tal y como consta en el atestado policial, con unos neumáticos en pésimas condiciones y con alguno de sus asientos sin anclajes y sin cinturones de seguridad, constando que el siniestro se produce al reventar una de las ruedas del vehículo debido a su deficitario estado».

Sostiene el fiscal que «el investigado omitió con su actuar los más elementales deberes de precaución y cautela, obrando con absoluta y total falta de previsión del intenso riesgo que con ello generaba, incurriendo así en la más grave de las imprudencias». «Riesgo materializado en una persona fallecida y otras tantas lesionadas», remarca. También apunta que, aunque a la mercantil no se le pueda exigir responsabilidad penal «por aplicación del controvertido artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal» (porque la instrucción no se prorrogó a tiempo), sí se le puede solicitar la civil.

En el atestado del siniestro se detallaba que el vehículo accidentado «tiene todos los neumáticos en mal estado de conservación y rodadura, y presenta flancos desgastados y cuarteados», y que sus asientos «no estaban anclados a la estructura del vehículo de forma resistente». Apunta que «una de las causas inmediatas del siniestro fue el fallo mecánico, reventón rueda posterior izquierda del vehículo mixto adaptable, y la otra que el conductor da un volantazo hacia la derecha, para evitar salirse por el margen izquierdo al verse sorprendido por el reventón del neumático».

Los pasajeros que salieron peor parados tras estrellarse «ocupaban los asientos que no estaban anclados y, además, no disponían de cinturón de seguridad». Salieron proyectados fuera del vehículo.

La defensa del encargado de la cuadrilla se ampara en que la furgoneta no era suya, sino que quien la compró era su esposa, y recuerdan que había pasado la ITV de forma favorable. La Audiencia tiene claro que el dueño del vehículo es el investigado, «más allá de la titularidad formal» y subraya que los neumáticos en mal estado y la tercera fila de asientos sin anclar «bien podían no estar en el vehículo cuando pasó la revisión». Estima el recurso del fiscal de forma íntegra y la causa vuelve a estar abierta.