El juzgado Contencioso-Administrativo número 4 de Murcia ha declarado nulo, en una reciente sentencia, el nombramiento en comisión de servicios de la Jefa del Servicio Jurídico de la Consejería de Agua, Agricultura, Ganadería, Pesca y Medio Ambiente, Dolores Bermejo, a raíz de una denuncia interpuesta por el sindicato Intersindical Servicios Públicos. La sentencia falla en contra del nombramiento de la jefa del servicio dado que “cuando la causa que justifica la comisión de servicios es que haya una plaza vacante cuya cobertura es urgente e inaplazable, si se acuerda cubrirla en comisión de servicios, ésta debe ofertarse necesariamente mediante convocatoria pública”. El anuncio de dicha vacante no fue publicada en el Boletín Oficial de la Región de Murcia por lo que hubo falta de publicidad según el sindicato.

El juez señala que "no se acredita" la necesidad urgente de crear una comisión de servicios para nombrar a la hasta ahora jefa del Servicio Jurídico de la Consejería de Medio Ambiente. "Durante el plazo en que el puesto ha estado vacante -cinco meses- no se han manifestado esas necesidades urgentes e inaplazables exigidas por el artículo 81.3 del EBEP Estatuto Básico del Empleado Público que justifiquen el empleo por la Consejería de Hacienda de este mecanismo de cobertura temporal de puestos". Intersindical confía en que con esta sentencia se ponga "fin al claro abuso" que de la figura de la comisión de servicios viene haciendo la Administración regional. "Debemos recordar que la organización de los puestos de trabajo del personal a su servicio se encuentra limitada por la necesaria justificación de los nombramientos".

Bermejo fue la responsable de justificar en un informe la polémica reforma de la Ley de Protección Ambiental mediante decreto ley, en la que hizo referencia a uno de los libros bíblicos del Antiguo Testamento, en concreto el Levítico. Según consta en el informe del Servicio Jurídico que avala el Decreto Ley de Mitigación del Impacto Socioeconómico de la Covid-19 en el área de Medio Ambiente, una de las consideraciones jurídicas que pretende apoyar dicha reforma es la referencia que en el Levítico, "en su capítulo 11, versículo 19", hace sobre la prohibición de "comer murciélagos".

La responsable del Servicio Jurídico de la Consejería de Agricultura también firma el informe remitido a la Fiscalía Superior de la Región de Murcia que justifica que es la Confederación Hidrográfica del Segura y no la Comunidad la responsable de exigir el pago de los daños causados al Mar Menor por parte de 10 empresas del sector agrícola que operan en el Campo de Cartagena.