¿Quién tiene las competencias para reclamar el coste de la restauración ambiental de los daños producidos por diez empresas agrícolas al Mar Menor? La Fiscalía Superior de la Región de Murcia ha interpuesto una demanda contra la Consejería de Agricultura y Medio Ambiente por negarse a tramitar los expedientes de responsabilidad ambiental contra los responsables de contaminar el Mar Menor y el acuífero del Campo de Cartagena.

El Ministerio Fiscal incoó hace un año un expediente gubernativo en el que requería a la Consejería de Antonio Luengo a que exigiera a diez empresas investigadas en el ‘caso Topillo’ que se hicieran cargo del coste económico de la recuperación de los ecosistemas degradados por su actividad en la cuenca vertiente de la laguna.

La demanda llega tras señalar la Consejería a la Fiscalía que no tiene las competencias para instruir procedimientos de responsabilidad por daños al medio ambiente y que estas competen al Estado, es decir, a la Confederación Hidrográfica del Segura.

La Consejería sostiene su posición en dos informes elaborados por sus Servicios Jurídicos y por José Antonio Martínez Diez de Revenga, asesor jurídico de Medio Ambiente e instructor nombrado para tramitar la solicitud de la Fiscalía hace un año. Dichos documentos remitidos a la Fiscalía en marzo de este año señalan que las empresas identificadas como presuntas responsables por el Ministerio Fiscal emplearon desalobradoras ilegales, cuya competencia de control y sanción atribuyen a la CHS, y vertieron el agua de rechazo al salmueroconducto y de ahí a la rambla del Albujón, ambas «de titularidad estatal, por lo que no se trata de vertido directo de tierra mar en conducción, sino a través del acuífero o de la rambla, ambos bienes demaniales de titularidad Estatal».

La Fiscalía entiende que es la Comunidad el organismo con competencias para aplicar la Ley de Responsabilidad Ambiental, y exigir el costo de los daños causados a estas diez grandes empresas que operan en el Campo de Cartagena y cuya actividad ha dañado la laguna.

Sin embargo, Medio Ambiente defiende que los daños causados por esas empresas no entrarían dentro de las competencias autonómicas, tales como la gestión de residuos, vertidos al mar, autorización ambiental integrada o la vigilancia e inspección de estas acciones. El instructor, en concreto, señala que la desalación de aguas y su vertido al cauce de una rambla no está sujeto a ningún tipo de autorización o concesión de la que sea competente la Dirección General de Medio Ambiente, es decir, la Comunidad no tendría que llevar a cabo en estas actividades un procedimiento de autorización ambiental autonómica.

Consejería: «No hay inacción»

El consejero Luengo defiende también que no ha existido «inacción» por parte de la Comunidad con este procedimiento de la Fiscalía y que incluso Medio Ambiente solicitó información a la CHS en julio del pasado año para conocer si los responsables de contaminar la laguna realizan alguna actividad cuya autorización tenga que dar la Comunidad. El titular de Medio Ambiente aclara que con toda la información disponible, se determinó que las medidas para llevar a cabo la reparación de daños compete a la CHS.

De existir una resolución judicial que dictamine que es la Comunidad la responsable de exigir la restauración ambiental y sus costes a las empresas investigadas, Luengo señala que la Consejería lo acatará.

La CHS esperará a pronunciarse cuando exista esa resolución judicial o solicite la Fiscalía o el juzgado alguna colaboración del organismo de cuenca, pero su presidente Mario Urrea sí remarca que el Ministerio Fiscal ha requerido actuaciones a la Comunidad para que persiga a las empresas contaminantes, y no a la Confederación.