La Audiencia Provincial de Murcia ha desestimado el recurso presentado por un hombre contra la sentencia de un juzgado de instrucción que lo condenó a pagar una multa de 120 euros por acosar a una antigua amiga a la que no veía desde hacía años.

La sentencia señala que llegó a acosarla en cuatro ocasiones en apenas un mes, además de seguirla por las calles y empeñarse en que tenía que ir a su casa porque quería enseñársela.

La sentencia del juzgado, ahora confirmada por el segundo tribunal, declaró probado que el denunciado padece una minusvalía del 65 por ciento.

Dice la Audiencia que en su apelación el acusado alegó que se había incurrido en un error a la hora de valorar las pruebas aportadas al juicio y que al mismo no acudió persona alguna que pudiera corroborar la versión ofrecida por ella.

Dice el tribunal que al acusado reconoció la existencia de las encuentros, aunque añadió que los mismos se habían producido de manera casual, sin que, por tanto, él tuviera intención alguna.

Señala así mismo la sentencia que la denunciante conoció al denunciado por la participación en un programa del Teléfono de la Esperanza, al que había acudido en solicitud de ayuda por la obsesión que tenía por otra chica.