Los contribuyentes con residencia en la Región de Murcia pueden deducirse en la declaración de la Renta entre 100 y 300 euros por cada hijo nacido o adoptado en 2020, siempre que cumplan determinados requisitos de ingresos, según han informado fuentes de la Administración regional.

Ésta es una de las trece deducciones autonómicas aplicadas por la Comunidad para la campaña de liquidación del IRPF y el impuesto de Patrimonio del ejercicio 2020, y que supone deducciones de 100 euros si se trata del primer hijo, 200 euros si es el segundo y 300 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos.

Para beneficiarse de esta medida la cantidad resultante de la suma de la base imponible general y de la base imponible del ahorro del contribuyente debe ser inferior a 30.000 euros en declaraciones individuales, y a 50.000 euros en declaraciones conjuntas.

Así, la regulación de la deducción establece que cuando los hijos nacidos o adoptados convivan con ambos progenitores y estos sean declarantes con derecho a la aplicación del descuento, el importe del mismo se dividirá por la mitad en la declaración de cada progenitor.

En el supuesto de que uno de los padres tenga una base imponible superior a 30.000 euros y el otro inferior, y siempre que la tributación sea individual, será este último progenitor el que pueda aplicar la deducción por su importe íntegro, sin efectuar su prorrateo.

En el caso de que el hijo conviva solo con uno de los progenitores o adoptantes, será este el que podrá aplicar el importe íntegro de la deducción.