El departamento de Sanidad Vegetal de la Consejería de Agricultura controlará que los agrícultores que lleven a cabo quemas agrícolas en la Región de Murcia tengan toda la documentación en regla y que dicha incineración se produzca al estar acreditado la existencia de un riesgo fitosanitario para los cultivos. El Boletín Oficial de la Región de Murcia publicó ayer la nueva orden regional que regulará las medidas fitosanitarias a adoptar en caso de acumulación de restos vegetales, una orden que detalla explicitamente que las quemas agrícolas están prohibidas excepto para evitar la propagación de plagas, reducir su población, mitigar sus efectos, o conseguir su erradicación de los organismos nocivos y en los cultivos.

Durante la elaboración de dicha orden hubo críticas desde organizaciones como Ecologistas en Acción, que reclamaban tras conocer el primer borrador que existiera un control y vigilancia de la administración regional sobre los permisos, informes que acrediten las plagas y el desarrollo de las mismas en los campos. La Consejería, a tal fin, ha añadido finalmente que la dirección general competente en materia de Sanidad Vegetal establecerá un programa de control sobre las declaraciones responsables presentadas y los informes justificativos emitidos por los Asesores de Gestión Integrada de Plagas, el cual incluirá un porcentaje de controles ´in situ' «al objeto de comprobar el cumplimiento del objeto de la presente orden, la existencia de un riesgo fitosanitario de los cultivos y organismos nocivos».

Y es que por lo pronto, los agricultores deberán presentar una Declaración Responsable del titular de la explotación ante la Consejería de Agricultura «con el fin de acreditar la existencia del riesgo fitosanitario de la explotación por la propagación de plagas de los restos vegetales existentes en las mismas, así como la imposibilidad de su eliminación mediante otros sistemas alternativos prioritarios como su valorización por gestor autorizado o su incorporación al suelo mediante triturado o picado, entre otros».

Esta declaración responsable tendrá que ir acompañada de un informe técnico elaborado por un asesor en Gestión Integrada de Plagas, como actuación previa a la realización de esta medida.

Tras la polémica sobre qué competencias debían asumir los ayuntamientos en el control de estas quemas, finalmente los agricultores deberán realizar una comunicación previa que presentarán «ante la administración local competente para la determinación de medidas en materia de protección contra la contaminación atmosférica y la salud, siempre y cuando dicha quema afecte o pueda afectar a la población del núcleo urbano».

Las sanciones, estipuladas en la Ley de Residuos y Suelos Contaminados, podrán ir hasta los 900 euros en caso de infracciones leves y las graves hasta 45.000 euros. Agricultura añade que también, al igual que pasaba antes, se pueden abrir expedientes en materia de Sanidad Vegetal o desde la Consejería de Salud, al igual que los ayuntamientos, si se estima que una quema origina daños para la salud pública o se incumplen las ordenanzas municipales.