La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) ha desestimado el recurso presentado por una empresa contra la sentencia de un juzgado de Cartagena que, en diciembre de 2019, declaró nulo el despido de una trabajadora al considerar que había sido represaliada por colaborar con un sindicato con motivo de las elecciones sindicales.

La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, señala que el juzgado de lo Social que dictó la resolución que ahora queda confirmada, declaró probado que la demandante colaboró con una organización sindical con motivo de las elecciones celebradas en 2019.

Escasos días después de asistir a la reunión celebrada en dependencias de la empresa ante esas elecciones y de colaborar en la búsqueda de candidatos, la trabajadora se encontró con el despido.

El juzgado declaró nulo el cese de la relación laboral y condenó a la demandada a la readmisión y a pagarle una indemnización de 6.000 euros por los daños y perjuicios sufridos.

Ahora, el TSJRM dice al desestimar la apelación que hubo una vulneración de derechos fundamentales en su vertiente de garantía de indemnidad y de libertad sindical.

Y se refiere también a la "generalidad" de la carta de despido, ya que en la misma solo alegaba la disminución del rendimiento de la trabajadora, "sin especificación ni comparación alguna".