«Queremos evitar desplazamientos injustificados que pueden resultar fatales para el avance del coronavirus en el territorio murciano», decía el presidente López Miras cuando anunció que blindaba la Región.

Algo que ya está aprobado por decreto, el cual sostiene que la comunidad murciana «ha sufrido en las últimas semanas y días un agravamiento evidente por el incremento de casos detectados, que nos sitúa en un nivel de riesgo que hace imprescindible redoblar la intensidad y alcance de las medidas acordadas».

Los movimientos dentro de cada perímetro de los 45 municipios con los que cuenta la Región están permitidos: a pie, en el transporte público y en coche. Eso sí, las autoridades sanitarias insisten que se limiten al máximo para evitar contagios.

El problema llega de la mano de los desplazamientos que obligan a entrar y salir de los perímetros en los que está activo el confinamiento selectivo. Obviamente, hay excepciones. Para estos casos se han establecido las siguientes:

- Traslados por motivos laborales o educativos. Es una evidencia que no todo el mundo trabaja en el mismo municipio en el que vive. En el caso de que el desplazamiento sea por trabajo, el empleado puede pedir a su empresa que le haga un salvoconducto. Si le para la Policía en un control, al mostrar ese papel puede probar que está trabajando en un puesto esencial que debe desarrollarse en un lugar determinado.

- Ir al médico. No hay un hospital en cada uno de los 45 municipios que integran la comunidad murciana. También hay localidades que no cuentan con un ambulatorio. Tanto para urgencias como para consultas en los que la persona sea citada. En ese caso, el papel con la cita médica es justificante más que suficiente para mostrar en un control policial, si lo hubiese.

- Ir al banco, al dentista e incluso a la óptica. Ya hay comercios mandando a sus clientes mensajes en los que recuerdan que pueden solicitar un justificante y ellos se lo mandan por correo electrócnico o WhatsApp. Lo que no se considera justificado es, por ejemplo, ir a un supermercado en Murcia si resides en Cartagena y en tu municipio hay un establecimiento muy similar.

- Hacer trámites judiciales y legales. Al igual que ocurre con los centros sanitarios, pasa con los juzgados. Un vecino de Águilas, por ejemplo, tiene que acudir a los juzgados de Lorca, el partido judicial que le corresponde, si ha de hacer un papeleo legal. Incluso podría darse el caso de ser citado como testigo en un procedimiento y tener que desplazarse a la Audiencia Provincial, que tiene sede solo en Murcia y Cartagena. El papel de la citación judicial es suficiente para mostrar a modo de salvoconducto.

- Regresar al lugar de residencia habitual. El trayecto de vuelta, ya sea al concluir la jornada laboral o al haber realizado alguno de los trámites necesarios.

- Asistir a personas que no pueden valerse por sí mismas. - Otros motivos de causa o fuerza mayor.

Todos los ciudadanos tendrán restringida la entrada tanto a la Región como a cada uno de los municipios, a no ser que cumplan con alguno de los motivos expuestos anteriormente y cuenten con el justificante necesario.

Ir por la autovía

Por otro lado, el Boletín Oficial del Estado (BOE) establece cómo será la circulación por las carreteras y viales que transcurren o atraviesan los municipios con restricciones de movilidad. Estos trayectos se podrán hacer libremente sin necesidad de contar con ningún papel siempre que se cumpla una regla: el origen y el destino del viaje debe estar fuera de las zonas confinadas. Puedo pasar, pero no puedo entrar a la localidad.