¿La pandemia del coronavirus ha servido de excusa al Gobierno para llevar a cabo en materia legislativa una regresión ambiental en la Región de Murcia? Sí, según un análisis hecho público por el profesor de Derecho Administrativo de la Universidad de Murcia, Santiago Álvarez Carreño, publicado en la Revista Catalana de Derecho Ambiental del Centro de Estudios de Derecho Ambiental de Tarragona, dependiente de la Universidad Rovira i Virgili. En concreto, el autor analiza los decretos leyes aprobados por el Gobierno regional, durante estos últimos meses de pandemia, en materia de medio ambiente y en el área de vivienda e infraestructuras antes de que estas legislaciones pasaran por la Asamblea regional para la aportación de enmiendas de los grupos parlamentarios.

Estos decretos fueron aprobados por el Consejo de Gobierno con el pretexto de que debían servir para mitigar el impacto de la crisis sanitaria y económica provocada por el coronavirus. En el punto de mira siempre estuvieron las intenciones del Ejecutivo regional con estas nuevas legislaciones que reformaban, entre otras, la ley de Protección Ambiental Integrada de Murcia de 2009, la ley regional de Puertos o la norma autonómica de Ordenación Territorial y Urbanística.

En una primera conclusión, Álvarez señala que el Gobierno emplea dos decretos leyes que acaban guardando relación entre sí, y es que el decreto de mitigación del impacto socioeconómico del Covid-19 en el área de vivienda e infraestructura reforma en su mayoría artículos de la ley de Ordenación Territorial y Urbanística rebajando las exigencias ambientales sustituyendo, por ejemplo, la autorización administrativa por una declaración responsable o la reducción de los supuestos sometidos a evaluación de impacto ambiental. En definitiva, esta legislación «contiene medidas que ponen de manifiesto el carácter desregulador y regresivo de la modificación de la norma urbanística».

El Gobierno de Murcia siempre ha defendido que estos decretos leyes, más tarde aprobados como leyes por la Asamblea regional, impulsaban la simplificación y agilización de trámites administrativos para favorecer la actividad industrial y empresarial. En el de vivienda e infraestructura señala que este decreto ley (aprobado el 23 de abril de este año en el BORM) «se centra en las medidas urgentes para tratar de ganar eficiencia y competitividad del tejido productivo en el área de vivienda e infraestructuras, gracias a reformas dirigidas a facilitar el máximo las actividades económicas y en fortalecer el derecho constitucional a una vivienda digna».

El profesor de Derecho Administrativo se muestra más crítico con la primera intención del Gobierno regional de reformar, mediante decreto ley sin pasar por el Parlamento, parte de la ley de Protección Ambiental Integral de la Región. Entre otros argumentos, señala que en la norma de mitigación del impacto socioeconómico del COVID-19 en el área de medio ambiente se elimina la obligación para el Consejo de Gobierno de aprobar planes y directrices de protección, dejándolo como una opción meramente facultativa (apartado del decreto que tuvo que ser reformado mediante enmienda en la Asamblea para detallar explícitamente que el Consejo debe seguir teniendo obligación de aprobar planes integrales o sectoriales en materias medioambientales). También remarca que las directrices regionales, planes y programas del medio ambiente, incluidos los planes autonómicos que se puedan llevar a cabo en materia de residuos, contaminación acústica, de calidad del aire o contaminación atmosférica, no tendrán la categoría de instrumento de ordenación territorial, es decir, «no podrán afectar a la ordenación territorial y, en consecuencia, ésta podrá hacerse sin tener en cuenta las zonificaciones y protecciones que se deriven de los planes medioambientales». Este punto también fue corregido en la Asamblea regional en su tramitación como ley.

«En la línea de liberalización de actividades», señala el experto en Derecho, el decreto contemplaba la sustitución de la exigencia de autorización ambiental previa por una declaración responsable: «Se suprime la necesidad de licencia de actividad previa para otras actividades industriales no sujetas a autorización para poder ser inscritas en el registro de actividades». De esta forma, se rebaja «sustancialmente» las exigencias ambientales de las actividades industriales, «leit motiv que se muestra también en otras modificaciones normativas del decreto».

Índice de contaminación

El punto más grave para Santiago Álvarez se encuentra en el ya famoso aumento permitido del índice de contaminación que se encontraba regulado por el apartado de la ley de 2009 que contempla la evaluación ambiental de proyectos: «La nueva redacción en ese decreto permite aumentar el índice de contaminación (emisión de gases, residuos y vertidos) que sube del 15 % al 30 % para que sea exigible su evaluación ambiental». A esto añade que el impacto de dichos incrementos sobre zonas protegidas queda circunscrito a las de la 'Red Natura 2000', dejando fuera las protegidas por otros instrumentos como, por ejemplo, el convenio Ramsar para los humedales de importancia internacional», por lo que afectaría, por ejemplo, al Mar Menor.

El artículo recoge además que, con el decreto, el Gobierno pretendía eliminar la restricción de que sólo por ley de la Asamblea regional se puedan excluir proyectos concretos del trámite de evaluación ambiental para que solo pueda hacerlo el Consejo de Gobierno. Álvarez añade en su análisis que la Región sigue el camino de comunidades como Andalucía, Extremadura, Galicia o Madrid a la hora de aprovechar la coyuntura actual para profundizar en la «agenda desreguladora y regresiva» en materia ambiental.

Ambos decretos fueron aprobados como leyes por la Asamblea regional en julio y agosto con el voto a favor de los partidos socios de Gobierno (PP y Cs) y el apoyo de Vox, mientras que PSOE y Podemos votaron en contra.