El Tribunal Supremo ha condenado a una directora de departamento de la Universidad de Murcia (UMU) a indemnizar con 10.000 euros a una profesora contratada como ayudante por difundir en los tablones de anuncios y página web de la universidad documentos que, según el alto tribunal, vulneraron el derecho al honor de la docente.

El caso se remonta a enero de 2011, cuando la universidad pidió un informe al departamento de Ciencias Políticas y Administración Pública de la Facultad de Derecho para valorar la renovación o no de la demandante, que había sido contratada como "profesora ayudante doctora" en ese departamento dos años antes.

Según recoge la sentencia, el informe, redactado por los miembros del departamento y firmado por la entonces directora del mismo A.M.R., que especificaba que se abstenía en la decisión, instaba a no renovar a la docente e incluía numerosas críticas hacia ella.

El informe mencionaba, por ejemplo, "lagunas en su formación", "falta de experiencia", "insubordinación a las normas", "falta de consideración" con los compañeros e indisposición a realizar sus tareas, entre otras.

Pese a ello, el rectorado decidió renovar su contrato, una decisión que fue contestada con una carta abierta firmada por la directora y otros diez profesores del departamento en contra de ese criterio y en apoyo al informe negativo emitido previamente.

La carta abierta fue colgada en los tablones de anuncios del departamento y también se publicó en la página web de la universidad, en ese caso, acompañada del informe negativo del departamento.

La profesora denunció los hechos y el rector ordenó la retirada inmediata de esos documentos de la web y los tablones el día 17 de marzo, pero la directora del departamento no lo hizo y, finalmente, fueron retirados por la propia universidad el 23 de ese mes.

La profesora afectada denunció a A.M.R. por vulneración del derecho al honor y la intimidad y por divulgar datos personales y confidenciales y solicitó una indemnización de 30.000 euros.

Tras diversos recursos de las partes, el asunto ha llegado hasta el Tribunal Supremo, que estima en parte la denuncia de la profesora ayudante al considerar que se ha vulnerado su derecho al honor, puesto que el informe negativo hacia ella no debía haber sido de libre acceso, y la carta abierta no debería haber contenido datos personales sobre la afectada, si bien descarta que se vulnerase el derecho a la intimidad.